Revista En Femenino

Reforma de la ley del aborto

Por Mamiclic

Las menores de 18 años que deseen interrumpir su embarazo necesitarán, a partir del 9 de septiembre, el consentimiento paterno o de su tutor legal. La entrada en vigor de la reforma de la ley del aborto se produce tras la publicación en el Boletín Oficial de Estado (BOE) de la reforma de la Ley Orgánica 2/2010, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, presentada por el Gobierno el pasado mes de febrero y aprobada por el Congreso el pasado 16 de julio.

La citada reforma exige a las menores de 16 y 17 años que no deseen continuar con la gestación contar con el permiso de sus progenitores o de sus tutores legales. Según se indica en el texto que las menores sean acompañadas de sus representantes legales, padre y/o madre, personas que ostenten la patria potestad o tutores ” es fundamental para situaciones de vital importancia e impacto futuro, como es la interrupción voluntaria del embarazo”.

La reforma sólo modifica, suprimiéndo, el apartado Cuarto del artículo 13 de la Ley Orgánica 2/2010, así como el apartado 4 del artículo 9 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, para que el aborto vuelva a ser una de las tres excepciones en que una persona que ha cumplido 16 años de edad necesita el consentimiento de sus tutores legales, junto a la reproducción asistida y los ensayos clínicos.

En caso de que la joven discrepe de sus tutores, tendrá que acudir a un juez para que medie en el conflicto.

La reforma de la ley del aborto, es la primera modificación de la ley vigente desde 2010 y el segundo cambio en la legislación del aborto en treinta años.

Estas son algunas de las fechas más destacadas del debate y regulación legal del aborto en España:

  • 5 de julio de 1985.- Se aprueba la primera ley de despenalización del aborto para las primeras 12 semanas de embarazo en el supuesto de violación; hasta 22 semanas en casos de riesgos de malformaciones del feto; y sin límite en el caso de peligro para la salud física y mental de la madre.
  • Julio de 1995.- El Gobierno del PSOE presenta un anteproyecto de ley para ampliar los supuestos de aborto.

La propuesta contempla un cuarto supuesto para permitir el aborto voluntario también cuando el embarazo supusiese a la mujer un conflicto personal, familiar o social.

  • 14 de diciembre de 1995.- El Congreso aprueba la propuesta por mayoría absoluta, pero la tramitación no puede seguir por la convocatoria anticipada de elecciones generales.
  • 1996-2004.- La ley de 1985 permanece inalterada durante las dos legislaturas que gobierna el PP.
  • 2007.- El debate sobre la regulación del aborto resurge después de conocerse casos de interrupciones de embarazos muy avanzados practicados en clínicas privadas de Barcelona y Madrid.
  • 2009.- El Gobierno de Rodríguez Zapatero redacta el texto de una nueva ley. Manifestaciones multitudinarias contra esta reforma. La Conferencia Episcopal amenaza con la excomunión de los políticos que votaran a favor.
  • 24 de febrero de 2010.- El Senado aprueba definitivamente la ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
  • 5 de julio de 2010.- Entra en vigor la nueva ley, que es recurrida por el PP y el Gobierno navarro en el Constitucional.

La norma permite el aborto libre como derecho de la mujer hasta la semana 14 de gestación y hasta la número 22 si hay riesgo para la vida o salud de la mujer o graves anomalías del feto. En el caso de chicas de 16 y 17 años, al menos uno de los padres o tutores legales debe ser informado, excepto si alegan riesgo de amenazas, coacciones o malos tratos en el ámbito familiar. Más allá de las 22 semanas, se podrá abortar cuando se detecten “anomalías fetales incompatibles con la vida” o cuando se diagnostique una enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité médico”.

Pasadas las 22 semanas, si existe riesgo para la madre “lo más adecuado será la práctica del parto inducido” para armonizar “el derecho a la vida e integridad física de la mujer y el interés en la protección de la vida en formación”.

Para cumplir estos supuestos es necesario un dictamen médico de dos profesionales distintos al que dirige el aborto en el caso de riesgo para la embarazada o riesgo de graves anomalías en el feto hasta las 22 semanas.

A partir de esa fecha, en el supuesto excepcional de “enfermedad extremadamente grave e incurable”, se necesita la confirmación de un comité clínico, que integrarán dos médicos especialistas en ginecología o expertos en diagnóstico prenatal y un pediatra.

  • 2011.- El PP incluye una reforma de la ley del aborto en el programa de las elecciones generales.
  •  20 de diciembre de 2013.- El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de la ley orgánica de protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, presentado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

La propuesta limita a dos los casos de aborto despenalizado: cuando la mujer haya sido violada o su salud psicológica o psíquica corra riesgo. La supresión como razón legal para abortar del supuesto de malformación del feto, que sí estaba incluido en la ley de 1985, genera polémica.

– 23 de septiembre de 2014.- El presidente Mariano Rajoy anuncia la retirada del anteproyecto por falta de consenso, aunque se compromete a modificar la ley para que el consentimiento paterno sea obligatorio en menores de 18 años.

– 18 de febrero de 2015.- El grupo parlamentario popular registra una proposición de ley con la que quiere impedir que las menores puedan interrumpir su embarazo sin el consentimiento de sus padres o tutores legales.

– 14 de abril de 2015.- El texto es aprobado en el Congreso con 184 votos a favor y 136 en contra. Cinco diputados del PP se niegan a votar a favor (cuatro se abstienen y una vota en contra) por considerar que la reforma es insuficiente.

– 11 de junio de 2015.- El Pleno del Congreso rechaza las enmiendas a la totalidad del PSOE, Izquierda Plural, ERC y BNG.

– 16 de julio de 2015.- El Congreso aprueba la reforma.

– 25 de agosto de 2015.- La Comisión de Sanidad del Senado da luz verde al texto tras rechazar siete vetos presentados por la oposición.

– 9 de septiembre de 2015.- El Pleno del Senado vota la reforma.


Volver a la Portada de Logo Paperblog