Regimen académico común para la educación secundaria de la provincia de Buenos Aires (Resolución 587/2011)
Asistencia y puntualidad de la Educación Secundaria
- De los responsables
Se considerarán responsables de los estudiantes que concurren a la educación secundaria a los adultos con firma registrada en la escuela.
En caso de que el estudiante hubiera alcanzado la edad de 18 años, él mismo asumirá las responsabilidades - De las notificaciones
Pasadas las 48 hs la Dirección del establecimiento deberá enviar la notificación pertinente a los responsables mediante cuaderno de comunicaciones o documento similar - De las inasistencias
La asistencia a la escuela secundaria se computará de dos maneras: institucionalmente y por materias. La asistencia institucional se encuentra regulada por turno completo, haciendo un total de 20 (veinte) inasistencias institucionales
Las inasistencias institucionales se computarán por día escolar completo de la siguiente forma:- Cuando la concurrencia obligue a un solo turno: una (1) inasistencia
- Cuando la concurrencia obligue a un turno y a actividades en contraturno: media ( ½) inasistencia por turno
- ……………..
- Cuando el estudiante ingrese al turno con un retraso mayor de quince (15) minutos, se computará cuarto (1/4) de inasistencia
- Cuando el estudiante deba retirarse del establecimiento fuera del horario establecido, concurrirá el adulto responsable y se dejará constancia escrita de tal situación, con firma del personal interviniente, computando media (1/2) inasistencia justificada.
Si el adulto responsable notificado no hubiera acusado recibo de la misma, transcurridos diez (10) días, se lo citará en el establecimiento
Cuando el estudiante incurriere en diez (10) inasistencias más, sumando veinte (20) en total, se citará al responsable a fin de notificarlo. El adulto responsable podrá solicitar, ante situaciones excepcionales y debidamente justificadas, una extensión, al total de inasistencias institucionales pautadas, en ocho (8) adicionales.
El estudiante que hubiere excedido el límite de inasistencias institucionales deberá seguir concurriendo a clases manteniendo las mismas obligaciones escolares
El estudiante que se excediera en las insistencias institucionales establecidas deberá rendir ante comisión evaluadora las materias que correspondan, resultado de la aplicación del cómputo de asistencia por materia al finalizar el ciclo lectivo. La inasistencias por materia no podrán exceder el quince (15%) por ciento de las clases efectivamente dictadas en el año lectivo. El estudiante que se excediera de este porcentaje deberá rendir ante comisión evaluadora cada una de las materias en las que se hallare en esa situación. - De las justificaciones
Se Justificarán inasistencias por enfermedad, mediante certificado médico o cuando su causal resulte pasajera con nota firmada por el adulto responsable, dentro de las 48 horas el regreso del estudiante a clase. Cuando el estudiante padezca una enfermedad crónica, en el certificado médico deberá constar dicha condición
A los estudiantes que integren delegaciones deportivas las inasistencias les serán consideradas como justificadas y no afectarán la promoción.
- Organización del ciclo
El ciclo Básico y Superior de la escuela secundaria organizará su ciclo lectivo en materias de duración anual, dividido en tres trimestres.
Al término de cada uno de los trimestres, los estudiantes y los adultos responsables recibirán la comunicación de la calificación correspondiente en relación a los objetivos de aprendizaje establecidos en cada materia.
Cada profesor comunicará por escrito: los objetivos de aprendizaje, los contenidos curriculares prescriptos, las modalidades e instancias de evaluación - Las calificaciones
Por cada materia y en cada trimestre el estudiante deberá tener al menos tres calificaciones parciales, siendo una de ellas escrita.
La calificación final de cada período trimestral surgirá del promedio de las clasificaciones parciales obtenidas, debiendo consignarse en números enteros, según la escala de uno a diez. Cuando el promedio no resulte un número entero, la nota numérica se aproximará a su valor superior si el decimal iguala o supera los cincuenta centésimos, en caso contrario se establece por defecto el número entero inmediato inferior.
La calificación final de las materias será el promedio de sus correspondientes trimestres y deberá ser expresada sin efectuar redondeos. - La evaluación
Los estudiantes que al finalizar el ciclo lectivo hubieren alcanzado un promedio anual menor a siete puntos deberán presentarse ante las Comisiones Evaluadoras de los turnos pautados por calendario escolar - La acreditación
Los estudiantes acreditarán los aprendizajes correspondientes a cada materia cuando cumplan con los siguientes requisitos- Calificación con promedio anual 7 o más puntos.
- Calificación en todos los trimestres
- Nota mínima de 4 en el último trimestre
- Los períodos de orientación y apoyo
Los estudiantes que al finalizar el tercer trimestre no hubieran cumplido con los requisitos para la aprobación, deberán concurrir a un período de orientación y apoyo para cada materia desaprobada, durante la última semana de clases.
La institución deberá organizarlo y comunicarlo a los estudiantes y al adulto responsable. - Comisión Evaluadora
Las instancias de Evaluación establecidas por Calendario serán:- Primera instancia: Se conforma a partir del último día de clases y hasta el 30 de diciembre
- Segunda instancia: se conforma en los meses de febrero marzo
- Tercera instancia COMISIÓN EVALUADORA ADICIONAL: para los estudiantes que al momento del inicio del ciclo escolar, después de las Comisiones Evaluadoras correspondientes al segundo período adeuden materias y no hayan promovido al año inmediato superior, podrán solicitar en una sola y única de ellas , una Comisión Evaluadora Adicional , la que se conformará dentro de las dos semanas siguientes a la finalización del periodo de febrero/marzo.
El alumno deberá reunir las siguientes condiciones:- Haberse presentado ante las comisiones evaluadoras de las materias en los turnos de Evaluación de diciembre y febrero-marzo
- Finalizado el periodo de febrero-marzo, presentar una solicitud de conformación de la Comisión Evaluadora Adicional en una de las materias adeudadas, firmada por el adulto responsable
- Las Instancias de Evaluación ante las comisiones evaluadoras
En todas las instancias de evaluación ante comisión evaluadora los estudiantes y adultos responsables deberán haber sido notificados fehacientemente de los criterios específicos de evaluación pautados para cada materia
En las instancias ante Comisión las calificaciones para acreditar la materia:
Será numérica según escala de uno(1) a diez (10) puntos en números naturales.
La acreditación estará dada cuando el alumno obtenga una calificación igual o superior a 4.
La comisión Evaluadora deberá fundamentar por escrito cuando el estudiante no acredite, asentándolo en el acta correspondiente
Para el conocimiento de los estudiantes, se expondrá en sitio visible el horario y la nómina de la Comisión con un mínimo de veinte días de antelación.
Las Comisiones Evaluadoras estarán constituidas por dos profesores del cuerpo docente. El presidente será el profesor de la asignatura y el vocal será profesor de materias afines.
La Comisión Examinadora deberá respetar los contenidos desarrollados durante el ciclo lectivo
El estudiante no podrá ser evaluado en el mismo día en más de dos materias. En el caso de estudiantes que deban rendir dos evaluaciones en la misma jornada, la Comisión de la segunda materia no podrá iniciar la evaluación de ese estudiante, hasta que no haya transcurrido media hora de finalizado el primero.
La modalidad de la evaluación en la Comisión Evaluadora será escrita, siendo la instancia oral y/o práctica para aquellos casos donde la naturaleza de la materia lo requiera. La Comisión podrá incorporar la defensa oral en los casos que considere necesario, para ampliar la evaluación escrita.
Se incluirá el requisito de entrega de carpetas o trabajos prácticos completos cuando el profesor lo considere instrumento de evaluación indispensable para la acreditación. El estudiante deberá ser informado previamente.
Cuando un estudiante haya desaprobado en tres instancias una misma materia, los integrantes del equipo directivo deberán intervenir a los efectos de formar una nueva comisión con un presidente diferente. - La Evaluación Integradora
La subsecretaría de educación podrá elaborar una o más evaluaciones integradoras con carácter provincial, informado fehacientemente a comienzos del ciclo lectivo de la decisión adoptada y las materias que correspondan.- Materias a evaluar:
Las Materias a evaluar serán dos (2) para cada año del ciclo básico y tres (3) para cada año del ciclo superior y su elección será determinada anualmente por Disposición de cada Dirección provincial competente. Se llevarán a cabo durante el mes de noviembre. - Tipo:
Escritas y / o prácticas, a cargo del docente de la asignatura. El criterio de evaluación estará determinado por los departamentos de integración curricular de cada institución. Las calificaciones de de las evaluaciones integradoras serán numéricas según escala de 1 a 10. La calificación de la evaluación integradora deberá promediarse con la que surja del promedio de las notas del tercer trimestre. Se dispondrá de una nueva instancias de evaluación para los estudiantes que hubiesen estado ausentes (con constancia de inasistencia fehacientemente justificada)
- Materias a evaluar:
Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar Visita: www.elarcondeclio.com.ar Daniela Leiva Seisdedos