Se trata de una regulación por ley aprobada unánimemente por la Comisión de Justicia del Congreso. Así, los herederos de las personas fallecidas, podrán acceder a los datos que aquéllas guardaban en la Red.
El acceso a Internet es hoy masivo, por lo que son muchos los datos que pueden quedar desprotegidos después de que su legítimo dueño haya fallecido. Entre los datos más sensibles que pueden quedar expuestos, se encuentran accesos a cuentas bancarias, a datos personales sobre patrimonio o cuestiones estrictamente personales… Por otra parte, en el mundo hay un enorme número de personas que acumula criptomonedas, como pueden ser bitcoins.
La regulación del posterior acceso de familiares o personas allegadas, ha sido incorporada al proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal.
El texto que incluye la normativa deja claro que el acceso a los datos, posesiones y toda clase de información de la persona fallecida, pasará a manos de los familiares (o personas que corresponda) siempre que la persona finada no haya expresado lo contrario.
Se trata de un área sensible en el Derecho vinculado a la informática, un aspecto conocido por los especialistas en Derecho y huella digital, así como por peritos informáticos y otros profesionales relacionados con el ámbito.
Las redes sociales también pueden contener información vulnerable una vez que el poseedor de la cuenta haya fallecido. Si esta persona con anterioridad firmó un Testamento Digital, sus bienes y datos quedarán a salvo… o irán a parar a la persona o personas que hubiera decidido.
El proceso para la legalización de un Testamento Digital puede resultar complejo; tiene muchos puntos a tratar y debería ser conducido por especialistas en huella digital y Derecho ligado a la informática.
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