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Regulación Ley del Deporte en Andalucía

Publicado el 01 julio 2015 por Moisés Falces @Mfalpri
Hola amig@s de Blog Haciendo Deporte, aquí os traemos una nueva entrada en este vuestro blog deportivo. Hoy tenemos el gusto de informar que el Parlamento de Andalucía procederá a regular por ley, la prestación de servicios deportivos por profesionales cualificados. 
Os dejamos la noticia publicada en la web de la Junta de Andalucía. 
El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de la Ley del Deporte de Andalucía, que sustituirá a la vigente desde 1998. Este texto legal, que ya fue remitido al Parlamento andaluz el pasado año pero no pudo ser aprobado, incorpora medidas para la protección y difusión del deporte de ocio y de competición no federado, además de incluir la lucha contra el dopaje y regular por primera vez con rango legal el ejercicio profesional en el sector.
La comunidad autónoma adaptará así su ordenamiento jurídico a la nueva realidad que supone el auge de la práctica deportiva habitual en la comunidad, que alcanza ya a más de tres millones de andaluces (el 42,36% de la población). Las políticas de la Junta en esta materia han permitido extender una red de más de 14.000 instalaciones públicas, lograr que un millón de escolares hagan deporte al salir de clase y consolidar una estructura asociativa con 61 federaciones y 20.000 clubes. Andalucía es también la comunidad con mayor número de licencias de deportistas (564.000) y de clubes federados (11.023).
Regulación Ley del Deporte en Andalucía
A partir de la consideración del deporte como un derecho que debe garantizarse en condiciones de igualdad, seguridad, salud y calidad, el proyecto de ley introduce una nueva clasificación que otorga cobertura jurídica no sólo a la competición federada sino también a las actividades deportivas de ocio y a las competitivas que no tienen carácter oficial, como las carreras populares. Para estas últimas se establece un control previo dirigido a asegurar la protección de los participantes y su celebración deberá ser comunicada con antelación a la Junta o a la entidad local competente.
En esta misma línea garantista, y como medida pionera en España, la ley andaluza definirá también el Catálogo de Derechos y Deberes de los Deportistas. Entre los primeros se destacará el relativo a la información y a la orientación, mientras que los deberes se centrarán en respetar los principios de igualdad y en fomentar los valores sociales. Otra novedad respecto a la ley ahora vigente será la creación de una tarjeta sanitaria específica para el deportista federado, que recogerá toda su información médica, especialmente reconocimientos, pruebas de esfuerzos y controles de dopaje.
En este último aspecto, la nueva norma cubrirá una notable laguna de la legislación vigente y así dispone medidas de prevención y lucha contra el uso de sustancias y métodos que adulteran la práctica y ponen en riesgo la salud del deportista. Entre otras previsiones, se creará la Comisión Andaluza Antidopaje; se publicará un listado de sustancias, grupos farmacológicos y métodos prohibidos, y se fijará la obligatoriedad del control a los deportistas con licencia. Otro organismo similar se centrará en prevenir y combatir la violencia, el racismo y la xenofobia.
La protección de las personas que practican deporte es también el objetivo de otra de las novedades del proyecto, que recoge la regulación de la cualificación profesional en el sector. Esta medida, que en el ámbito nacional actualmente sólo está implantada en Cataluña, se dirige a salvaguardar la salud y la seguridad de los consumidores y usuarios de centros deportivos, gimnasios, piscinas, clubes y todo tipo de servicios deportivos.
En este sentido, y siempre que las correspondientes actividades que desarrollan sean remuneradas, el nuevo marco legal fijará los títulos oficiales, las cualificaciones y el ámbito funcional de cuatro profesiones: profesor de Educación Física, director deportivo, entrenador y monitor.
Innovación deportiva
Igualmente novedosas son las disposiciones para promover la I+D+i más allá del ámbito académico y aprovechar al máximo las investigaciones que desarrolla el Instituto Andaluz del Deporte, especialmente en medicina, aplicaciones tecnológicas y mejora de gestión. Se pretende así intensificar la transferencia de sus resultados a un sector que en los últimos años se ha revelado como un importante yacimiento de empleo (actualmente casi 76.000 puestos de trabajo directos e indirectos) y de creación de riqueza en la comunidad (más del 5,4% del PIB regional).
En la misma línea, la norma prevé la creación de una oficina virtual encargada de unificar y simplificar trámites, así como de promover el uso de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos en todo el sistema deportivo andaluz.
En cuanto a las instalaciones deportivas públicas, sus proyectos de construcción, reforma, ampliación y gestión deberán contar, también por primera vez, con controles para su adecuación a los principios de sostenibilidad social, económica y medioambiental. Esta medida se reforzará con la formulación de vías de colaboración obligatorias entre las distintas administraciones, dirigidas a garantizar la viabilidad y el mantenimiento de la red de instalaciones y equipamientos deportivos de Andalucía.
El nuevo texto supone también un avance en el proceso de modernización y transparencia de las federaciones deportivas, a través de medidas como la aprobación del Código de Buen Gobierno o la creación del Consejo Andaluz de Federaciones Deportivas, que será el órgano de participación de estas entidades en las políticas autonómicas sobre la materia. Asimismo, se creará el Tribunal Administrativo del Deporte de Andalucía como única entidad de recepción y tramitación de recursos administrativos, con el fin de lograr una mayor simplificación y eficiencia en la resolución de litigios en este ámbito.
Finalmente, respecto a la igualdad, el proyecto recoge medidas para fomentar la práctica deportiva de personas con discapacidad y favorecer su integración en las federaciones andaluzas, así como programas específicos de impulso del deporte femenino y del acceso de las mujeres a niveles de responsabilidad y decisión. En este último sentido, la ley incorporará el requisito de que su presencia en las juntas directivas de las federaciones sea al menos proporcional a su número de licencias.
Fuente de la información: http://www.juntadeandalucia.es/organismos/consejo/sesion/detalle/65434.html 

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