El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº4 de Santa Coloma de Farners (Girona) ha dictado Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI) en el caso de un matrimonio que ha quedado así liberado gracias a la Ley de Segunda Oportunidad de una deuda que ascendía a 91.932 euros. VER SENTENCIA
Ambos acudieron a Repara tu Deuda, despacho pionero en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad en España, agobiados por el sobreendeudamiento. Su situación de insolvencia se debía a la crisis económica y la pandemia COVID-19 que les impedía poder cumplir regularmente con sus obligaciones.
Tras estudiar el caso, los abogados de Repara tu Deuda iniciaron los trámites para que pudieran acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Ahora ya están exonerados del 100% de sus deudas y pueden iniciar una nueva vida.
Cada día que pasa se están produciendo nuevas cancelaciones de deudas en alguna comunidad autónoma de España. Esto está provocando que muchas personas que se encuentran en una situación de bloqueo económico confíen en la Ley de Segunda Oportunidad y soliciten el servicio de abogados especializados.
Según aseguran los abogados de Repara tu Deuda, "la Ley de la Segunda Oportunidad ha venido para quedarse. Podemos asegurar que cada vez más los juzgados se están acostumbrando a dictar nuevas sentencias y los hogares españoles ven en esta herramienta una solución real y efectiva a todos sus problemas". Entre las claves del éxito del despacho, señalan, "contar con los mejores expertos en esta legislación, utilizar una notable tecnología digital y siempre priorizar el factor humano, tan importante en un proceso muy angustioso para muchos".
Repara tu Deuda, especialista en la Ley de Segunda Oportunidad, ha conseguido situarse desde el año 2015 como líder en el mercado de cancelación de deuda de particulares y autónomos. Hasta la fecha, ha logrado superar la cifra de 120 millones de euros exonerados a sus clientes.
La Ley de Segunda Oportunidad permite que particulares y autónomos puedan quedar exonerados de sus deudas si cumplen con una serie de requisitos dictados por la legislación. En líneas generales, debe demostrarse que han actuado de buena fe, que el importe debido no supera los 5 millones de euros y que no han sido condenados por delitos socioeconómicos en los diez últimos años.