Revista Jurídico

Requisitos formales de la deducción del IVA

Por Sanchezbermejo @sanchezbermejo

¿Sabes cuáles son los requisitos formales de la deducción del IVA? Son aquellos que deberás cumplir para poder deducirte este impuesto sin que tengas sorpresas con la Agencia Tributaria.

Estos requisitos vienen definidos en la Ley del IVA, y hoy nuestro equipo de asesores fiscales en Leymen, nuestra Gestoría en Málaga, te los explican para un mejor entendimiento.

Requisitos formales de la deducción del IVA

Requisitos formales de la deducción del IVA

Documento justificativo del derecho de deducción

Según señala la ley, sólo podrán ejercitar el derecho a la deducción del IVA los empresarios o profesionales que estén en posesión del documento justificativo de su derecho.

Por lo tanto lo primero a analizar es, ¿qué se considera documento justificativo del derecho de deducción del IVA? Afortunadamente, la ley también lo deja claro y señala que únicamente se considerarán documentos justificativos del derecho a la deducción del IVA los siguientes:

  • La factura original expedida por quien realice la entrega o preste el servicio o, en su nombre y por su cuenta, por su cliente o por un tercero, siempre que, para cualquiera de estos casos, se cumplan los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

  • La factura original expedida por quien realice una entrega que de lugar a una adquisición intracomunitaria de bienes sujeta al impuesto, siempre que dicha adquisición esté debidamente consignada en la declaración-liquidación correspondiente.

  • En el caso de las importaciones, el documento en el que conste la liquidación practicada por la Administración o, si se trata de operaciones asimiladas a las importaciones, la autoliquidación en la que se consigne el Impuesto devengado con ocasión de su realización.

  • La factura original o el justificante contable de la operación expedido por quien realice una entrega de bienes o una prestación de servicios al destinatario, sujeto pasivo del Impuesto, en los supuestos a que se refieren los números 2.º, 3.º y 4.º del apartado uno del artículo 84 y el artículo 140 quinque de la Ley del IVA, siempre que dicha entrega o prestación esté debidamente consignada en la declaración-liquidación a que se refiere el número 6.º del apartado uno del artículo 164 de esta Ley.

    Cuando quien realice la entrega de bienes o la prestación de servicios esté establecido en la Comunidad, la factura original a que se refiere el párrafo anterior deberá contener los requisitos recogidos en el artículo 226 de la Directiva 2006/112/CE, del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido.

  • El recibo original firmado por el titular de la explotación agrícola, forestal, ganadera o pesquera a que se refiere el artículo 134, apartado tres, de esta ley.

Requisitos

Los documentos anteriores que no cumplan todos y cada uno de los requisitos establecidos legal y reglamentariamente no justificarán el derecho a la deducción, salvo que se produzca la correspondiente rectificación de los mismos.

El derecho a la deducción de las cuotas cuyo ejercicio se justifique mediante un documento rectificativo sólo podrá efectuarse en el período impositivo en el que el empresario o profesional reciba dicho documento o en los siguientes con algunas condiciones.

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