4.2.1 Ayudas para mantenimiento y potenciación de la capacidad residual: Las ayudas con cargo a este programa tienen por objeto contribuir a los gastos realizados por los siguientes servicios:
a) Tratamientos de carácter medico-funcional dirigidos a evitar un mayor deterioro y, si fuera posible, desarrollar las potencialidades físicas y sensoriales afectadas por la discapacidad padecida.
b) Terapia de mantenimiento y ocupacional.
c) Estimulación precoz a los menores con discapacidad.
d) Actividades formativas dedicadas a facilitar a la persona con discapacidad psíquica o sensorial las habilidades adecuadas para su desenvolvimiento en la vida diaria y familiar, así como en los ámbitos social y laboral.
Quedan excluidas las actividades que puedan ser calificadas como recreativas o de ocio, así como los gastos de traslado, comedor, cuotas asociativas y cualesquiera otras actuaciones que, a juicio de Mugeju, no estén destinadas específicamente a las finalidades señaladas.
www.boe.es/boe/dias/2014/01/31/pdfs/BOE-A-2014-982.pdf
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Revista Solidaridad
Resolución de 27 de diciembre de 2013, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convoca la concesión de ayudas del programa del plan de atención socio-sanitaria.
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