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Retribución del empresario, ¿sueldo o dividendos?

Por Juan Carlos Valda @grandespymes

Retribución del empresario, ¿sueldo o dividendos?

Hay razones de gestión interna, de convivencia con los socios e incluso impositivas que determinan la conveniencia de establecer formalmente el esquema de remuneración de los dueños.

Qué hago con mi remuneración? ¿Cobro un sueldo o retiro dividendos? Es una de las preguntas difíciles que se plantea cualquier empresario cuando su emprendimiento ya marcha sobre rieles. No siempre una empresa llega a esa instancia, claro. Y, mientras tanto, la respuesta suele ser más sencilla: se retira dinero a medida que la caja lo permita.

Pero aun cuando el dueño es una sola persona, la empresa puede verse beneficiada si éste establece de manera formal cómo va a ser su retribución. Si los socios son dos o más, el tema se vuelve indispensable.

"Muchos pequeños empresarios caen en la tentación de no fijarse una retribución, sobre todo cuando se trata de firmas de un solo dueño, o cuando la empresa tiene poco tiempo de vida", dice Sandra Felsenstein, titular de la consultora Dinka. "Pero es importante que el empresario entienda que debe establecer su retribución no sólo para valorar el tiempo y el capital invertido, sino también para no sesgar o alterar los resultados de la empresa."

De hecho, sueldo y dividendos no son conceptos antagónicos, sino complementarios. "Es importante que el empresario aprenda, de entrada, a distinguir entre ser dueño y gerenciar. Muchas veces, el dueño también gestiona, pero es importante mantener formalmente separados los roles, porque eso define los flujos de dinero: el que trabaja cobra un sueldo por su trabajo y el socio cobra dividendos si la empresa genera ganancias y si decide no reinvertirlos", dice Santiago Antognolli, titular de la consultora Negocios de Familia.

"No determinar su propia retribución económica significa no reconocer el alto valor del trabajo del empresario en el emprendimiento. Es un grave error pensar que los sueldos de colaboradores o los gastos de la empresa son más 'valiosos' que su propio tiempo", dice Felsenstein.

Quién es quién

Lo cierto es que cuando este prejuicio es superado y los empresarios consultan a especialistas sobre el tema, suelen descubrir la importancia de fijar sus ingresos, ante un escribano público, o a través de un protocolo. Y la primera recomendación, para empresas de dos o más socios, es establecer una suerte de "quién es quién" en la empresa: qué función cumple cada uno y qué porcentaje de la inversión total le corresponde.

Martín Becaas, titular de Tornillos Suipacha SRL (de Villa Domínico, provincia de Buenos Aires), asegura que desde el inicio de la sociedad establecieron cómo se iba a remunerar la inversión y el trabajo de los socios. "Somos dos socios y yo cumplo funciones gerenciales durante todo el día, por lo que cobro un sueldo, mientras que mi socio, que está sólo a la mañana, cobra la mitad. Pero, además, como mi participación asciende al 53% del paquete, a fin del ejercicio retiro dividendos de acuerdo con ese porcentaje", dice el empresario.

Daniel y Aníbal Carmona son socios en Unitech, firma especializada en la informatización de la gestión pública. Como directivos de una empresa familiar, con más de 20 años en el mercado, siempre supieron que debían ser muy claros a la hora de definir sus remuneraciones. "Ha sido clave distinguir bien los roles de accionista, director y empleado, que nos corresponden, a efectos de no deformar la ecuación económica de la empresa", asegura Carmona.

El consultor Jorge Hambra coincide en que la clave es distinguir entre capital y gestión. "El capital pertenece al accionista, que tiene derecho a cobrar dividendos siempre que la empresa alcance los resultados mínimos establecidos. Pero cuando la gestión no corre por su cuenta, la puede delegar en otra persona que tenga la capacidad de producir riqueza desde la gerencia de la empresa. Esta persona puede percibir sus retribuciones en forma de honorarios por ocupar cargos de Dirección en la Junta de Accionistas; premios o bonus atados al rendimiento y dividendos, luego de descontados los recursos reservados con fines contracíclicos o reinversión en el propio negocio", dice Hambra.

También para Antognolli, la confusión de los flujos de dinero es una de las trampas más comunes en las empresas de familia. "Es importantísimo definir los roles y, sobre esa base, decidir los flujos de dinero, para que los integrantes de la familia sepan que todo lo que se hace en la empresa es justo, equitativo y transparente. De lo contrario, se cae en viejos vicios, como el de pagar los gastos personales con cuentas y tarjetas de la empresa y que nadie sepa por dónde entra, o por dónde sale la plata".

Impuestos

Una vez determinado formalmente el reparto de funciones y responsabilidades en la empresa, el esquema de la retribución se simplifica, dice Antognolli. Y aclara: "Lo ideal es aplicar un porcentaje de las utilidades para los socios, de acuerdo con cada participación accionaria, y pagarle al socio que trabaja un salario de mercado, un dato fácil de averiguar. Está en cada empresa fijar pautas para flexibilizar la retribución según los vaivenes de la economía o del mercado".

Por cierto que también conviene "mirar" el tratamiento tributario que recae sobre el ingreso del empresario, que según los expertos puede tener diversos efectos sobre las cuentas de la empresa.

"Mientras el pago de dividendos no es deducible de la base imponible para la empresa, los honorarios sí lo son, aunque en el caso de los regulados por las funciones de directorio están sujetas a ciertas limitaciones. Si es sólo un inversor pasivo y percibe únicamente dividendos, la carga tributaria que conlleva es la retención del 10% que deberá realizar la empresa al momento del pago, dependiendo de si es una SA o una SRL", dice Fernando P. Schettini, socio de S&A Auditores y Consultores.

Pero el especialista aclara que si, además de tener un porcentaje del patrimonio, el empresario cumple tareas de gestión dentro de la empresa, sus honorarios o salario podrán realizarse bajo la figura de relación de dependencia pero con el beneficio de poder optar por el régimen de seguridad social de Autónomos. "Este encuadre es beneficioso para la sociedad toda vez que no debe ingresar contribuciones sociales. Sin embargo, en el Impuesto a las Ganancias, la renta recibida por ese director-gerente en relación de dependencia está sujeta al régimen de retención de sueldos y honorarios, comúnmente conocido como de Cuarta Categoría", asegura Schettini.

Ingresos flexibles

Otro dato a tener en cuenta es la posibilidad de establecer alguna cláusula de flexibilidad en la retribución percibida por los socios. Si bien no hay un consenso absoluto sobre el tema entre los especialistas, se trata de una práctica más o menos corriente, con diversos formatos, según variables tales como la marcha del negocio, el tamaño de la empresa o el acceso a financiamiento, entre otras.

"Cuando estamos ante un período de menores ventas, o cuando debemos encarar una inversión, como ahora que nos disponemos a modernizar la instalación eléctrica, no tocamos los salarios pero sí recortamos la partida a distribuir", dice Becaas.

Hambra, en cambio, recomienda flexibilizar aspectos como el monto asignado y la fecha de pago de dividendos. "Si se establece, por ejemplo, que se retirará el 25% de los dividendos sólo cuando la utilidad después de impuestos sea del 19% sobre ventas, no hay mucho que discutir, porque si se toma un crédito o se decide hacer una inversión extraordinaria, el beneficio sobre ventas se reducirá y, si se mantiene, por supuesto que se puede repartir dividendos", dice.

En Unitech, donde la inversión en investigación y desarrollo ronda 6% del presupuesto, establecieron un horizonte de retiros a efectos de planificar la distribución de las utilidades. "Nos interesa ser ordenados y evitar acciones personales, como el retiro a cuenta de dividendos, que puedan dañar o penalizar las finanzas de la empresa. Hemos establecido que sólo después de conocido el balance, restada la inversión, las amortizaciones y los impuestos, distribuimos entre un 30 y un 40% de las ganancias", dice Carmona.

No todas las empresas familiares funcionan de esta manera. Por el contrario, es bastante común encontrar en este conglomerado casos de empresas donde los socios soliciten adelantos a cuenta para cambiar, por ejemplo, de auto o de casa.

"Es uno de los grandes riesgos que corren las empresas familiares. El famoso 'hoy por mí, mañana por vos'. Tarde o temprano, allí prende el conflicto y una vez iniciado el estado de debate interno, el panorama se torna incierto", dice Hambra.

A tono con el mercado

Para Antognolli, la decisión de cobrar un sueldo por parte del empresario con funciones de gestión presenta ventajas, como una mayor transparencia, pero también riesgos. "Si se asigna un sueldo en línea con lo que paga el mercado, cuando deje de trabajar, la empresa puede contratar un gerente que lo reemplace en su función sin que se resientan los costos de gestión. Pero, si se pone un salario bajo o artificialmente alto, está enmascarando ineficiencias, que de una u otra forma siempre se pagan caro".

Fuente: https://www.clarin.com/economia/Retribucion-empresario-sueldo-dividendos_0_BJduixO5P7l.html

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