Hace unos años los bancos popularizaron las operaciones financieras de reunificación de deudas y ampliación de créditos hipotecarios, y Hacienda, que siempre está al quite de las novedades que pueden tener su particular interpretación fiscal, ha comenzado una campaña (en realidad ellos dicen que no existe tal campaña, pero yo me inclino a pensar que sí la hay) en la que se está pidiendo amplia documentación a quienes se aplican la deducción por vivienda habitual.
Reunificación de deudas y su impacto en la deducción por vivienda habitual
La reunificación de deudas y su posible e inesperado impacto fiscal
A bote pronto uno se pregunta qué relación puede haber con la moda bancaria de la reunificación de deudas y la deducción por vivienda habitual, pero lo cierto es que la hay y Hacienda se ha dado perfecta cuenta. Y no voy a ser yo quien en este caso le quite la razón porque parece que la tiene.
Hay que tener en cuenta que la deducción por vivienda habitual afecta aproximadamente al treinta y cinco por ciento de los contribuyentes que hacen la declaración de la renta.
Hacienda se ha encontrado con que muchos contribuyentes se han estado deduciendo el importe total de las cuotas pagadas del préstamo, cuando, tratándose de reunificación de deudas o de ampliación de créditos hipotecarios, una buena parte del dinero financiado no se había utilizado para la adquisición de la vivienda.
Si el afectado no puede demostrar que sí tenía derecho a la deducción completa, eso implicará una paralela en la que le saldrá a pagar de más y a la que tendrá que añadir una sanción del 50% (en conformidad podría ser del 30%). Se estima que eso puede suponer una media de 1.800 euros por cada uno de los cuatro ejercicios comprobados.
Lo que pide Hacienda es estos requerimientos no es poco, que digamos:
-Escritura de adquisición de vivienda, o en su caso, contrato privado de compraventa y justificantes de gastos de compra (notaría, registro de la propiedad, IVA, impuesto de transmisiones patrimoniales…).
Todo contribuyente debería leer este libro
-Escritura de constitución del préstamo hipotecario o, en su caso, documento acreditativo de préstamo personal. Y si el préstamo es subrogado o ampliado.-Escrituras de cancelación del préstamo anterior y de constitución del nuevo préstamo.
-Justificantes del capital pendiente de amortizar en el momento de la cancelación.
-Justificantes de los pagos realizados que hayan sido objeto de deducción.
-Certificado histórico de empadronamiento además de cualquier otro documento que permita acreditar que el inmueble en cuestión constituye la vivienda habitual.
-Documentación justificativa de las cantidades deducidas por vivienda habitual.
-Facturas de consumo eléctrico de la vivienda.
-Facturas de consumos realizados en la vivienda por otro tipo de suministros.
Ramón Cerdá