Ya hay otra sentencia contra el margen de error de los radares. De esto ya he hablado en distintas ocasiones desde aquí, pero creo que vale la pena sacar el tema porque es la primera vez que un tribunal reconoce que Tráfico ha estado aplicando una norma técnica obsoleta (derogada en el 2006) en perjuicio de los conductores.
Según Automovilistas Europeos Asociados, solo en la comunidad de Murcia se podrían llegar a anular más de catorce mil sanciones de velocidad interpuestas entre 2010 y 2014.
Por lo visto todo el asunto está en que la DGT calculó unos márgenes de error (umbral de tolerancia) cuyos límites cambiaron en 2006.
Sentencia contra el margen de error de los radares, caso concreto
El caso concreto: Circular a 153 kilómetros/hora (supuestamente) cuando existía una limitación de 120 kilómetros/hora. Motivo de anulación: que la graduación de la sanción no se aplicó en función de los márgenes de error legalmente establecidos.
¿Y si ya hemos pagado la multa?
Si se pagó la multa voluntariamente no hay nada que hacer, pero si en su día se presentó recurso y se perdió, todavía sería posible llevar el caso a los tribunales… y ganar.
Cabría recordar…
Sentencia contra el margen de error de los radares. Igual podemos todavía recurrir alguna de las pagadas.
… que las multas de velocidad también se pueden recurrir por otros motivos. Hay muchas, especialmente las realizadas de noche o entre dos luces, o con niebla o lluvia, en las que la fotografía es bastante borrosa o de poca calidad. En otras aparece la matrícula con especial claridad cuando el coche apenas se ve, lo que hace pensar que la fotografía ha sido retocada. Siempre que haya una irregularidad de este tipo hay que exigir que se anula la multa.
El error del ciudadano sigue siendo el de siempre, dejarse engañar con lo del descuento por pronto pago renunciando a recurrir. A ver si vamos aprendiendo y no nos dejamos chantajear por este tipo de prácticas tan despreciables.
Ramón Cerdá