Los jueces continúan, aunque con timidez aún, dictando sentencias en las que conceden la incapacidad absoluta a personas que padecen el síndrome de Sensibilidad Química Múltiple (SQM). Comentamos un caso.
M. ha trabajado durante unos 20 años en talleres de pinturas para la estampación de ropa, estando continuamente en contacto directo con pinturas, disolventes y amoniacos sin ningún tipo de protección. Hace unos ocho años, el médico Pablo Arnold, uno de los pioneros en el diagnóstico de la SQM en nuestro país, le diagnosticó dicha enfermedad y Síndrome de Fatiga Crónica (SFC). A los 18 meses de baja la Administración catalana le da el alta.
Destacar el deterioro físico y psicológico, que todos estos procesos conllevan para la salud de quienes padecen estas enfermedades incapacitantes.Me asesora una abogada experta en el tema -comenta M.-, vamos a juicio, lo ganamos y me reconocen una incapacidad absoluta. Al año y medio, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), me la quita, dando la razón al recurso de la Seguridad Social (S.S.). Vuelvo a solicitar la incapacidad a la sanidad catalana, ellos me reconocen mis enfermedades, pero me la deniegan, así que volvemos a denunciar a la SS, y volvemos a juicio, esta segunda vez también me la deniegan, alegando, que el TSJ, me la quitó por las mismas enfermedades.
En esos momentos, mi abogada me recomienda, no recurrir esta sentencia, pues no ve posibilidades de ganarla. Una muy buena amiga abogada, se lo comenta a la entonces compañera de despacho, la abogada Mónica Carrillo y ella dice que por supuesto que hay que recurrirla, así que ella desde ese momento se hace cargo de mi caso, hace el recurso y al año y medio, hemos recibido con total alegría la sentencia que te he enviado.
Francisco Almodóvar, coordinador de abogados del Bufete Almodóvar & Jara, el nuestro -en el que estamos a la espera de sentencia por el caso de Jennifer Sousa y la próxima semana también tenemos un juicio en Zaragoza por otro caso “mediático” de SQM-, ha leído el texto jurídico y comenta:
Es una buena sentencia. Clara, sencilla y directa. Es un reconocimiento al colectivo de enfermos. El juez admite que este tipo de dolencias, más si son en grado máximo, son susceptibles y encajan en el derecho a solicitar y ser concedida una incapacidad permanente total. Es un avance, aunque la meta está todavía lejos. Hemos de llegar a que el sistema laboral y social pueda admitir a todo tipo de personas enfermas, a las cuales no les gusta la palabra “incapacidad total”, ni tampoco sentirse como tales. Aún así, y en cuanto a los derechos sociales, este tipo de sentencias están marcando una buena base de reconocimiento.