Hasta ahora, los establecimientos afectados realizaban el reporte de los movimientos de existencias por medios analógicos y ahora deben declararse de forma “inmediata” por procedimientos telemáticos ante la sede electrónica de la AEAT.
Para el suministro electrónico de asientos contables, la Agencia tributaria ha habilitado tres canales a los que las empresas obligadas pueden conectarse de manera telemática: A través de un formulario web, mediante la importación de ficheros o a través de servicios web. En cuanto a los plazos de presentación de la información contable a través de SILICIE, existen dos casuísticas, en función de si la empresa tiene o no un sistema contable propio. Así, las empresas que no cuenten con un sistema contable propio pueden suministrar la información directamente a la Sede electrónica de la AEAT y disponen de un plazo de 24 horas para registrar los movimientos desde la fecha en la que se han producido. Por su parte, las entidades que tienen su propio sistema contable, tienen un plazo de 24 horas desde que se realiza el movimiento para registrarlo en su sistema contable y ocho días para declararlo, según establece el Artículo 6 de la Orden HAC/998/2019. Este plazo de ocho días se reducirá a cinco, a partir de 2021.
¿Qué información deben contener los asientos contables?
La información suministrada a la AEAT deberá contener, obligatoriamente, los siguientes elementos:
- NIF titular del establecimiento y CAE del titular del establecimiento.
- Asiento contable.
- Fecha del movimiento. Es decir, se indicará la fecha en la que se ha producido el movimiento de productos o proceso de reflejo contable.
- De igual manera, se indicará el tipo de movimiento reflejado en el asiento contable, según las opciones recogidas en las tablas publicadas en la Sede electrónica de la AEAT.
- Se tendrá que indicar el tipo de operación y el número asignado a dicha operación.
- Deberá reflejarse el epígrafe fiscal correspondiente a los productos objeto de los Impuestos Especiales a los que se refiere el movimiento contable de acuerdo con la codificación recogida en las tablas publicadas en la Sede electrónica de la AEAT.
Solución SILICIE de SERES
Para minimizar el impacto de SILICIE en estas empresas y asegurar el cumplimiento de la nueva normativa, SERES ha desarrollado la Solución SILICIE, que ofrece una integración total con cada una de las sedes electrónicas, y que permite a las empresas adaptarse a cada plataforma tecnológica de forma personalizada y automática.
SERES fue una de las primeras empresas en obtener el certificado de colaborador social con la Agencia Tributaria. Además, ha participado de manera activa en la fase de pruebas y plan piloto del proyecto SILICIE.
SERES es una empresa pionera y especialista en intercambio electrónico seguro de documentos con más de 30 años de experiencia, mantiene una relación de colaboración con la Agencia Tributaria, y también participó, en 2017, en la implementación del sistema de Suministro Inmediato de Información (SII).