SERVICIOS DE INGENIERÍA CLÍNICA EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
MINISTERIO DE SALUD - Resolución 2725/2023
RESOL-2023-2725-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 06/10/2023
ARTÍCULO 1º.-Apruébanse las “DIRECTRICES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA CLÍNICA”; que como anexo IF-2023-95119367-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.-Apruébase el documento “PROCESOS DEL PLAN DE MANTENIMIENTO” que como anexo IF-2023-95119194-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.-Apruébase la “GRILLA PARA HABILITACIÓN DE SIC EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD” que como anexo IF-2023-95118013-APN-DNCSSYRS#MS forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.-Incorpórense al PROGRAMA NACIONAL DE GARANTÍA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA las “DIRECTRICES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE INGENIERÍA CLÍNICA”; el documento “PROCESOS DEL PLAN DE MANTENIMIENTO” y la “GRILLA PARA HABILITACIÓN DE SIC EN ESTABLECIMIENTOS DE SALUD” que se aprueban por los artículos 1º 2º y 3º de la presente.
ARTÍCULO 5º.-Difúndase a través de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA los documentos que se aprueban por los artículos 1º, 2º y 3º de la presente, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación de las mismas en el marco de dicho PROGRAMA NACIONAL.
ARTÍCULO 6º.- Invitase a las jurisdicciones a adherir a la presente.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/10/2023 N° 81470/23 v. 10/10/2023
Fecha de publicación 10/10/2023
Acceder a los anexos aquí: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/295838/20231010
Fuente: Bolerín Oficial