
La compañía refuerza su atención cercana y accesible para acompañar a más personas en su proceso de cancelación de deudas mediante la Ley de Segunda Oportunidad.
El grupo ha logrado desde sus inicios cancelar más de 85 millones de euros a personas en situación de insolvencia en toda España
Sin Deuda Group anuncia la apertura de tres nuevas oficinas en Madrid, Valencia y Sevilla, un paso adelante en su compromiso de ofrecer una atención más cercana y accesible a quienes buscan una salida real a situaciones de sobreendeudamiento.
Con esta ampliación, la compañía incrementa su capacidad de acompañar a particulares y autónomos en cada fase del procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad.
Las nuevas sedes se ubican en puntos céntricos y de fácil acceso en Madrid (Calle Manzanares 4), Valencia (Calle Las Barcas 2, 2ª planta) y Sevilla (Plaza de Villasís 2)
La ampliación se integra con la red ya operativa en Canarias y con un servicio online a través del que Sin Deuda Group presta servicio en todo el territorio nacional. La gestión se realiza por el mismo equipo especializado y combina valoración inicial, coordinación por teléfono y videollamada, envío seguro de documentación y firma remota cuando corresponde.
Desde el departamento jurídico de Sin Deuda Group destacan que la cercanía es clave para que más personas puedan informarse, iniciar su trámite y dar el paso hacia la tranquilidad financiera: “Cada apertura refuerza nuestro objetivo de acompañar de manera ágil y empática, resolviendo dudas y gestionando cada detalle del proceso para que la Ley de la Segunda Oportunidad sea una vía efectiva y al alcance de todos”.
Objetivo: que la Ley de la Segunda Oportunidad sea una solución al alcance de todos
La Ley de la Segunda Oportunidad, aprobada en España en 2015, es una normativa que permite a particulares, familias, autónomos y empresarios en situación de insolvencia solicitar la cancelación de sus deudas mediante un procedimiento judicial. Es una herramienta que busca dar una “segunda oportunidad” para quienes no pueden asumir el pago de sus deudas.
El procedimiento permite, si se cumplen los requisitos, la cancelación total o parcial de las deudas, brindando a los afectados la posibilidad de empezar de nuevo. Entre los requisitos que exige la Ley de Segunda Oportunidad figura, demostrar que el afectado ha actuado de buena fe, además se deberá presentar un procedimiento judicial en el que se decidirá la exoneración de las deudas.
Según explica el abogado de Sin Deuda Group, Samuel Díaz “el proceso comienza analizando la situación y planeando la estrategia a seguir. Luego, requeriremos la documentación necesaria para el expediente y, una vez estudiada, estaremos listos para redactar la solicitud de concurso. Una vez presentada la solicitud y admitida a trámite, se abre el concurso de acreedores que, dependiendo de la solución que tenga, solicitaremos la Exoneración del Pasivo Insatisfecho, o lo que es lo mismo, la cancelación total o parcial de las deudas”.
Una vez terminado el procedimiento, es hora de realizar las gestiones post judiciales, como cancelar datos en bancos y en ficheros de morosos, como ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito).
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