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Sociedades irregulares

Publicado el 10 noviembre 2012 por Elblogderamon @ramoncerda
#sociedades irregulares

Cuando las sociedades no se inscriben, se convierten en sociedades irregulares

Sociedades irregulares

su origen

Ocurre más a menudo de lo que parece que varios socios constituyan una sociedad limitada o anónima, pero que, por un motivo u otro, esta sociedad no llega nunca a inscribirse en el Registro Mercantil, entrando de ese modo en la clasificación de sociedades irregulares.

Sociedades irregulares: ¿Qué ocurre entonces?

Al no inscribirse, la sociedad no llega nunca a tener personalidad jurídica, pero puede haber realizado alguna actividad, en cuyo caso, y precisamente por no disponer de esa personalidad propia, los responsables de todo serían los propios socios.

Sociedades irregulares: ¿Cuándo ocurre esto?

Según el artículo 39 de la ley de Sociedades de Capital :

“Una vez verificada la voluntad de no inscribir la sociedad y, en cualquier caso, transcurrido un año desde el otorgamiento de la escritura sin que se haya solicitado su inscripción, se aplicarán las normas de la sociedad colectiva o, en su caso, las de la sociedad civil si la sociedad en formación hubiera iniciado o continuado sus operaciones. En caso de posterior inscripción de la sociedad no será de aplicación lo establecido en el apartado segundo del artículo anterior.”

Sociedades irregulares: ¿Qué ocurre si se inscribe posteriormente?

Que la empresa adquirirá la personalidad jurídica que le corresponde limitando las responsabilidades de los socios, pero ello no implica que se eliminen las responsabilidades que se hayan podido acumular durante el periodo en el que ha estado funcionando como sociedad irregular.

Mi consejo si una sociedad no ha llegado nunca a inscribirse, es que no se utilice para nada. Tampoco vale la pena inscribirla con posterioridad. Lo mejor es inscribirla en el momento de la constitución, o, en caso de no llevar a cabo el negocio, olvidarse simplemente de ella; al no haberse inscrito será como si no existiese.

Utilizarla sin inscribir, tal y como he comentado, implicaría que los socios asumen todas las responsabilidades patrimoniales, lo cual equivaldría a haber constituído una sociedad civil, algo nada recomendable para el tráfico mercantil.

Ramón Cerdá

 

Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/sociedades-irregulares/.

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