"Un crucifijo colgado de una pared es un símbolo esencialmente pasivo, cuya influencia sobre los alumnos no puede ser comparada a un discurso didáctico o a la participación en actividades religiosas".
Con esta frase y otras parecidas, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo falla que la presencia de crucifijos en las escuelas públicas italianas no viola el derecho a la educación ni a la libertad de pensamiento y religión.
Esto me provoca dos preguntas rápidas:
La primera relacionada también con las escuelas: ¿Se aceptarán símbolos de otras confesiones en las escuelas?
Y la segunda, muy importante para el Pais Vasco: ¿Se aplicará el mismo criterio cuando se colocan por las calles vascas carteles con las fotografías de etarras presos o muertos en enfrentamientos con la polícia? Hasta ahora esos carteles se han retirado siempre.
Sin embargo, la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo deja claro que "Un crucifijo [o cualquier otra cosa] colgado de una pared es un símbolo esencialmente pasivo, cuya influencia sobre los alumnos no puede ser comparada a un discurso didáctico o a la participación en actividades religiosas [o de otra índole]". (Los corchetes los he añadido yo para una mayor comprensión del sentido del fallo).
Que no se entienda este post como una justificación del terrorismo etarra, sino como el rechazo a un argumento como el usado por el Tribunal. Yo sí pienso que algo colgado de la pared, en sitio visible y preferente, es hacer apología. Ya sea un crucifijo, la foto de un etarra o una bandera nazi.
Por cierto, las calles con nombres de personajes destacados del franquismo y los símbolos de aquel régimen, también son apologéticos... y quedan unos cuantos.