La subida del Salario Mínimo Interprofesional impactará significativamente a los beneficiarios de los subsidios por desempleo en España.
El subsidio para personas mayores de 52 años en España es una ayuda vital para aquellos en situación de desempleo que han agotado sus cotizaciones previas. Actualmente, cerca de 900.000 personas se benefician de esta prestación.
Recientemente, el Gobierno aprobó una serie de reformas clave en los subsidios de desempleo, incluyendo un aumento en las ayudas. Sin embargo, esta reforma fue finalmente derogada.
En las últimas horas, ha habido nuevos cambios en los subsidios por desempleo. Tras varias negociaciones, el Ministerio de Trabajo y los agentes sociales han acordado la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
El SMI en España subirá de los 1.080 euros al mes a los 1.134, lo que supone un incremento de 54 euros.
Esta subida del SMI, que representa un aumento del 5%, eleva el SMI a 1.134 euros mensuales en 14 pagas.
¿Cómo afecta la subida del SMI a los subsidios por desempleo?
La subida del SMI tiene un impacto directo en los subsidios por desempleo. El subsidio para personas mayores de 52 años está fijado en el 80% del IPREM, que es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
El IPREM se actualiza anualmente, y en 2024 se estima que se situará en 600 euros mensuales.
Por lo tanto, si el SMI sube a 1.134 euros, el subsidio para personas mayores de 52 años aumentaría a 490,8 euros mensuales.
Este aumento sería una buena noticia para los beneficiarios de esta prestación, ya que les permitiría tener un mayor nivel de ingresos.
No obstante, es importante señalar que la subida del SMI aún no es oficial. El Ministerio de Trabajo deberá publicar un Real Decreto que regule la subida del SMI, y este Real Decreto deberá ser aprobado por el Consejo de Ministros.
Se espera que la subida del SMI se haga efectiva en el mes de junio de 2024.
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Requisitos del subsidio para mayores de 52
Los requisitos para acceder al subsidio son los siguientes:
- Estar en paro
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo
- Contar con 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años
- Haber cotizado al desempleo durante al menos seis años
Una de las ventajas con las que cuenta este subsidio es que se percibe hasta la fecha en la que se cumple la edad de jubilación ordinaria y además, durante el tiempo en el que se percibe también se cotiza para la jubilación, con una base del 125% del tope mínimo de cotización vigente en cada momento.
Actualmente, la cuantía del subsidio es de 480 euros mensuales (80% del IPREM). Las dos únicas prestaciones no contributivas compatibles con el subsidio para desempleados mayores de 52 años son el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y la Renta Mínima de Inserción (RMI), propias de cada comunidad autónoma.