El Consejo de Ministros aprobó el martes la subida en un 8% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), hasta los 1.080 euros al mes en 14 pagas, con efectos retroactivos desde el 1 de enero de este año.
La vicepresidenta segunda y titular de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha destacado que, con este alza, el Gobierno cumple con su compromiso de legislatura de situar esta renta mínima en el 60% del salario medio español, como establece la Carta Social Europea.
Uno de los efectos inmediatos que tendrá la subida del SMI hasta los 1.080 euros es que tendrá repercusiones sobre algunos de los subsidios por desempleo existentes, como es el caso de la ayuda a mayores de 52 años.
¿Quién puede acceder a esta ayuda?
Uno de los requisitos es carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75% del salario mínimo, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Es decir, si no se tenía ningún tipo de ingreso que superara ese 75%, se podrían solicitar y serían valoradas por los funcionarios del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Además debes estar:
- Situación de desempleo
- No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos.
- Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que usted estaba percibiendo o desde la fecha de la inscripción como demandante de empleo si se accede al subsidio por ser emigrante retornado, liberado o liberada de prisión o por revisión de la incapacidad, y no haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. La inscripción deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio.
- Cumplir el compromiso de actividad, que está incluido en la solicitud del subsidio.
- Acreditar que en la fecha del hecho causante y en la de la solicitud del subsidio reúne todos los requisitos.
- En el caso de la persona trabajadora por cuenta ajena no podrá acceder al subsidio cuando el cese en el último trabajo haya sido voluntario.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Ahora, al aumentar el SMI, también aumentará la cuantía de acceso. Pasará de un límite de 750 euros a 810 euros, un total de 60 euros más. Así, con este incremento del salario mínimo, habrá más personas que puedan ser potenciales beneficiarios de esta ayuda.
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Esta cantidad en 2023 es de 480 euros mensuales, después de que el Gobierno aumentase el IPREM a 600 euros en los Presupuestos Generales del Estado.
¿Cuál es su cuantía?
La cuantía del subsidio para mayores de 52 años en 2022 era de 463,21 euros mensuales; por lo que este año los beneficiarios de la ayuda cobran 16,79 euros más al mes, siendo de 480 euros.
¿Y su duración?
La duración de esta ayuda será hasta que se alcance la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
¿Cómo se solicita la ayuda?
En la página web del SEPE tienes toda la información para solicitar este subsidio:
- El modelo oficial de solicitud.
- El documento de identificación: DNI para nacidos en España, certificado de registro de ciudadano de la UE, pasaporte y documento acreditativo del país de origen para extranjeros procedentes de la UE y el TIE y el pasaporte para extranjeros de fuera de la UE.
- Un documento en el que aparezca la cuenta bancaria de la que el beneficiario es titular.
El SEPE solicita un justificante de rentas anual
Este justificante se pide cada 12 meses para asegurar que la persona beneficiaria sigue teniendo derecho a cobrar la prestación.
La solicitud se puede presentar en la Sede Electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones (se necesita cita previa por teléfono o en la Sede Electrónica del SEPE), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.