Revista Salud y Bienestar

Subsidios, ¿Cuánto tiempo pertenece por un año cotizado?

Por Pedirayudas @Pedirayudas
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Los días de cotización necesarios para poder acceder a un subsidio o prestación por desempleo, son causa de dudas muy habituales para aquellas personas que se quedan sin empleo, y esperan optar a una ayuda hasta que puedan encontrar otro puesto de trabajo.

Derecho a la prestación

Tras la pérdida del empleo por una causa no imputable a la persona trabajadora, esta tiene derecho a la prestación por desempleo siempre que haya cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.

En este sentido, se puede solicitar el paro después de cualquier despido, independientemente de la causa de la finalización del contrato. Por otro lado, no se tendrá derecho a solicitar el paro tras una baja voluntaria o un periodo de prueba no superado indicado por el trabajador.

En resumen, si se tiene cotizado más de 360 días en los últimos seis años se tendrá derecho a la prestación por desempleo. Si no se tiene ese tiempo de cotización, o ya se ha agotado el paro se podrá solicitar un subsidio en función de la situación personal.

Características de la prestación por desempleo

El periodo mínimo de derecho a la prestación por desempleo en su nivel contributivo, es de 4 meses con un máximo de dos años en función del periodo de cotización como se indica en la siguiente tabla:

Para conocer la cuantía de la prestación por desempleo que nos corresponde hay que calcular nuestra base reguladora.

Para ello hay que conocer la cotización por la contingencia por desempleo correspondientes a los últimos 180 días, en la nómina aparecerá como base contingencias comunes. A los efectos de la base reguladora no se incluirá en la misma las horas extraordinarias.

Todos estos datos el Servicio de Empleo Público los conoce por el certificado que remite la empresa, normalmente telemáticamente al SEPE.

Una vez conocida la base reguladora, la prestación se calcula de la siguiente manera:

  • Se percibe como prestación de desempleo el 70% durante los primeros 180 días.
  • Posteriormente, se percibe el 50% desde, esto es, desde el día 181.

¿Qué ocurre en el caso de terminar la prestación o no tener los 360 días cotizados?

En el caso agotar la prestación por desempleo, o no tener cotizados los 360 días que desde el SEPE nos requieren, podemos seguir optando a un subsidio por desempleo mensual, el cual dependerá de nuestra situación particular.

Hay que tener en cuenta que, si solicitamos el subsidio, ese tiempo de paro se consume, y no podremos usarlo para una futura prestación.

En cualquier caso, si por ejemplo tenemos cotizados seis meses, siempre tendremos derecho a ese subsidio. De la misma manera, tendremos derecho si hemos cotizado cuatro meses si tenemos cargas familiares.

Duración y cuantía del subsidio

La duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que hayas agotado y de tu edad, siempre que lo solicites en plazo y mantengas los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:

  • Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a totalizar 18 meses.
  • Cuando es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
  • Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a totalizar 24 meses.
  • Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a totalizar 30 meses.

La edad debes tenerla en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo. En el caso de personas trabajadoras fijas discontinuas la duración será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que para 2021 es de 451,92 euros. En el supuesto de que la relación laboral que dio derecho a la prestación contributiva que ha agotado hubiera sido a jornada parcial, la cuantía del subsidio se verá reducida en el mismo porcentaje.

A las personas trabajadoras fijas discontinuas mayores de 52 años se les ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio.

El pago del subsidio se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.

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