La Ley General Tributaria, en su artículo 2.2, letra a), define las tasas como "los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado".
Por tanto, las tasas son tributos que se pagan por la utilización para beneficio particular de un bien público. Por ejemplo, la tasa que pagan los bares por tener una terraza en la calle, o la tasa que pagamos todos los españoles por la renovación del DNI.
Tipos de tasas
Existen varios tipos de tasas:
- Tasas estatales: Aplicadas por el Gobierno por servicios que se prestan desde el Gobierno nacional.
- Tasas autonómicas: tasas que aplica el Gobierno, pero en este caso de la comunidad autónoma o la región correspondiente.
- Tasas locales: tasas aplicadas por los Ayuntamientos.
- Tasas administrativas: tasas que deben abonarse por el uso de un servicio público.
Diferencia entre tasa y tarifa
Aunque ambos conceptos tienden a presentarse como sinónimos, no estamos haciendo referencia a lo mismo. En este sentido, la tasa y la tarifa presentan una serie de matices que hacen un concepto distinto del otro.
La tasa es un tributo que debe pagar el consumidor que quiera hacer uso privado de un bien o servicio de dominio público. Un ejemplo de ello es la tasa de basura o las tasas universitarias.
Mientras que, una tarifa es la cuota que debe abonar un consumidor o usuario que desea adquirir un bien, así como utilizar un determinado servicio. Ejemplo de ello son las tarifas telefónicas o la tarifa de la luz.
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