El casco para menores de 16 años será obligatorio
Este proyecto se basa en la "tolerancia cero" al consumo de drogas. El proyecto fija una sanción de 1.000 euros por conducir con presencia de drogas en el organismo.Se contempla que habrá un cambio en las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos, alcanzando los 130 kilómetros por hora en algunos tramos de carreteras, así como las sanciones económicas ante una previsible infracción. Eso sí, en el texto que se está tramitando no especifica cómo se fijarán estos límites y se remite al Reglamento General de Circulación posterior que desarrolle esta ley.
En los accidentes de tráfico ocasionados por el atropello de especies cinegéticas en las vías públicas el responsable de los daños a personas o bienes será el conductor del vehículo. No obstante, se indicará en la ley que será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor, llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél.
Señal de 130 Km/h
Este nuevo reglamento propone más cambios
En el texto encontramos otros muchos cambios, que son los siguientes:- Regulación de los SRI (Sistemas de Retención infantil)
- Prohíbe los detectores de radar
- Crea la Conferencia Sectorial de Tráfico y Seguridad Vial y Movilidad Sostenible, que reunirá a las comunidades autónomas que hayan asumido las competencias de tráfico con el Gobierno y refuerzan las labores de control y supervisión a las autoescuelas y centros de reconocimiento médicos
- La señal luminosa de todos los vehículos prioritarios, como las ambulancias, sea azul y no amarillo, ya que este color va asociado a vehículos lentos
- En vías urbanas se permitirá la parada o estacionamiento de las grúas de auxilio en carretera por el tiempo indispensable para efectuar la retirada de vehículos accidentados o averiados siempre que no se cree un nuevo peligro ni se cause obstáculo a la circulación.
- A partir de ahora las bicicletas sólo podrán ser retiradas y llevadas al correspondiente depósito si están abandonadas o si, estando amarradas, dificultan la movilidad de vehículos o dañan el mobiliario urbano, según lo acordado.
- Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los vehículos con matrícula extranjera que se utilizan en España por residentes del país, ya que no figuran en el Registro de Vehículos actualmente.
- Se ha agregado al articulado de la ley la prohibición de dar de baja definitiva por traslado a otro país a vehículos que no cumplan los requisitos de seguridad y medioambientales que se establezcan reglamentariamente.