Estas decisiones mediáticas y selectivas van a dañar una buena ley que ya se aplica en Inglaterra
Gabriel Meluk
Hay un principio básico: las decisiones judiciales se respetan, se acatan. Eso, sin embargo, no significa que se compartan. Así ocurre con las sanciones de la Comisión del Campeonato de la Dimayor, que, en primera instancia, castigó a Teófilo Gutiérrez (Junior) y a Luis Carlos Ruiz (Nacional) con la tesis de que la sola intención de simular para engañar al árbitro es suficiente para inhabilitar y multar, según el artículo 64F del Código Disciplinario.
El asunto, como casi todos los jurídicos, se debate entre dos frentes: el ético y el legal. Ni más faltaba que desde aquí, como defensor de la norma que entró en vigor hace apenas un año, vaya a consentir a los tramposos, a los que quieren hacer goles con la mano –como Ruiz–, a los que fingen un nocaut fulminante para buscar una expulsión de un rival –como Teo–.
Suspensión por actuar con intención de causar una decisión incorrecta de un oficial de partido O contribuir en un error de juicio Y en consecuencia hacerlo adoptar una decisión incorrecta
En ese aspecto ético estoy de acuerdo. Pero no en la interpretación legal del artículo que dice: “Suspensión por actuar con intención de causar una decisión incorrecta de un oficial de partido O contribuir en un error de juicio Y en consecuencia hacerlo adoptar una decisión incorrecta”. Los resaltados y las mayúsculas son míos.
En la interpretación jurídica siempre se busca el famoso espíritu de la norma. Ese espíritu fue publicado en comunicado oficial por la propia Dimayor el 9 de agosto del año pasado, cuando empezó a regir: “Entre los principales temas impulsados por la Dimayor, se encuentra la sanción a posteriori para los jugadores que simulando induzcan al error a los árbitros en sus decisiones”. Así las cosas, la intención O la contribución al error, una de las dos, Y el hacer equivocar al árbitro, como factor definitivo en ambas situaciones, tienen que cumplirse.
Y en estos casos los árbitros, mal que bien, con más tiempo o dudas, no cometieron ningún error por las conductas tramposas: no se validó el gol con la mano de Ruiz, ni fue expulsado el supuesto agresor de Teo, y ambos simuladores fueron amonestados.
Para la comisión, la sola intención de engañar al juez es razón suficiente para el castigo. Así, han abierto un cráter del tamaño del cañón del Chicamocha: de ahora en adelante, por ejemplo, cuando un árbitro le saque tarjeta amarilla a un jugador que se tire en las 18 buscando un penalti simulado, este debe ser castigado.
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¡Ese debe ser sancionado si el árbitro cae en la trampa y pita el penalti! Ese sí es el espíritu de la norma, y no porque yo lo diga: ¡porque lo dijo la misma Dimayor!
Con estas decisiones mediáticas y selectivas (vídeos de jugadas similares a la de Teo abundan en las redes sociales) van a dañar una buena ley que ya se aplica en Inglaterra, por ejemplo.
Las decisiones de las cortes se respetan. Al fin y al cabo, los jueces están para fallar... Y esta frase también admite interpretaciones.
MELUK LE CUENTA…
GABRIEL MELUKEditor de DEPORTESEn Twitter: @MelukLeCuenta
Tomado de El Tiempo