Revista Cuba

Texto íntegro Oficina de Prensa Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU

Publicado el 13 enero 2017 por Yusnaby Pérez @yusnaby
Texto íntegro Oficina de Prensa Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU

U.S. Department of Homeland Security seal
Oficina de Prensa
Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU.

Hoja informativa

12 de enero de 2017

Contacto: Oficina de Prensa del DHS, 202-282-8010

HOJA INFORMATIVA: CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS DE ADMISIÓN CONDICIONAL Y EXPULSIÓN EXPEDITA QUE AFECTAN A LOS CIUDADANOS CUBANOS

WASHINGTON- El Secretario de Seguridad Nacional, Jeh Johnson, anunció hoy varios cambios en las políticas y reglamentos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) que afectan a los ciudadanos cubanos. Estos cambios reflejan el restablecimiento de las relaciones diplomáticas plenas con Cuba y otros pasos concretos hacia la normalización de las relaciones entre Estados Unidos y Cuba, así como el acuerdo de Cuba para aceptar y facilitar la repatriación de los ciudadanos cubanos expulsados de Estados Unidos. Los cambios constituyen otro paso importante en la normalización de la relación migratoria entre los dos países, y tienen por objeto garantizar una migración regular, segura y ordenada entre ambos.

¿QUÉ ESTÁ CAMBIANDO?

A partir de hoy, el DHS rescinde ciertas políticas exclusivas para los ciudadanos cubanos. Específicamente, el DHS ha eliminado una política especial de admisión condicional para los ciudadanos cubanos que vienen a este país comúnmente conocida como la política de “wet-foot/dry-foot” (pies mojados/pies secos), así como una política para los profesionales médicos cubanos conocida como el “Programa de Admisión Condicional para Profesionales Médicos Cubanos” (Cuban Medical Professional Parole Program). Es ahora la política del Departamento considerar cualquier solicitud de admisión condicional de la misma manera que las solicitudes de admisión condicional presentadas por ciudadanos de otros países. 

El DHS también está eliminando una exención que previamente impedía el uso de procedimientos de expulsión expedito para los ciudadanos cubanos detenidos en los puertos de entrada o cerca de la frontera.

El existente Programa de Admisión Condicional para Reunificación de Familias Cubanas (Cuban Family Reunification Parole Program) no se verá afectado por este anuncio y sigue vigente.

¿POR QUÉ EL CAMBIO?

Durante décadas, el DHS y el antiguo Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) han tenido políticas especiales para considerar las solicitudes de admisión condicional de ciudadanos cubanos. Esas políticas estaban justificadas por ciertas circunstancias únicas, como las condiciones en Cuba, la falta de relaciones diplomáticas entre nuestros países y la negativa general del gobierno cubano a aceptar la repatriación de sus ciudadanos.

En diciembre de 2014, el Presidente anunció una apertura histórica entre Estados Unidos y Cuba, así como un enfoque para restablecer las relaciones diplomáticas y ajustar las regulaciones para facilitar mayores viajes, comercio, relaciones entre pueblos y el libre flujo de información hacia Cuba, desde Cuba y dentro de Cuba. Desde ese anuncio, Estados Unidos y Cuba han restablecido relaciones diplomáticas plenas y han tomado medidas concretas para mejorar la seguridad, construir puentes entre nuestros pueblos y promover la prosperidad económica para los ciudadanos de ambos países.

El DHS también ha visto recientemente un aumento significativo en los intentos de los cubanos de entrar en Estados Unidos sin autorización. Muchos de esos cubanos han emprendido un peligroso viaje por Centroamérica y México; otros se han aventurado a la alta mar en el peligroso intento de cruzar el estrecho de la Florida. Este marcado aumento de la migración efectiva y de los intentos de migración ha sido impulsado en parte por la percepción de que hay una ventana de oportunidad limitada antes de que Estados Unidos elimine políticas de inmigración favorables para los ciudadanos cubanos.

A la luz de estos factores, el Secretario de Seguridad Nacional ha determinado que es hora de ajustar las políticas especiales de admisión condicional para los ciudadanos cubanos. Considerando el restablecimiento de las relaciones diplomáticas plenas, la firma de una declaración conjunta por Cuba de la obligación de aceptar la repatriación de sus ciudadanos que lleguen a Estados Unidos después de la fecha del acuerdo y otros factores, el Secretario concluyó que, con la excepción limitada del Programa de Admisión Condicional para Reunificación de Familias Cubanas, ya no están justificadas las políticas de admisión condicional tratadas más arriba.

LEY DE AJUSTE CUBANO Y LA POLÍTICA “WET-FOOT/DRY-FOOT” (PIES MOJADOS/PIES SECOS)

En virtud de la Ley de Ajuste Cubano de 1966, el estatus de cualquier ciudadano cubano puede ajustarse a la de residente legal permanente (es decir, estatus de “tarjeta verde”) si: (1) fue inspeccionado y admitido, o admitido condicionalmente en Estados Unidos, (2) ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos un año, y (3) es de otra manera admisible.

La política comúnmente conocida como “wet-foot/dry-foot” (pies mojados/pies secos) se refiere generalmente a un entendimiento bajo el cual los emigrantes cubanos que viajan a Estados Unidos que son interceptados en el mar (“wet foot”, pies mojados) son devueltos a Cuba o reasentados en un tercer país, mientras que aquellos que llegan a suelo estadounidense (“dry foot”, pies secos) pueden solicitar la admisión condicional y, si se les otorga, el estatus de residente permanente legal bajo la Ley de Ajuste Cubano.

El anterior INS estableció una política que alentaba firmemente la admisión condicional de los cubanos que llegaban a Estados Unidos para que pudieran solicitar ayuda bajo la Ley de Ajuste Cubano. El Secretario Johnson está rescindiendo esta política anticuada del INS.

EXPULSIÓN EXPEDITA

El DHS tiene la autoridad para efectuar la expulsión de personas en ciertas categorías, incluidas aquellas detenidas en los puertos de entrada o cerca de la frontera, a través de lo que se conoce como expulsión expedita. Sin embargo, de conformidad con las leyes y políticas de larga data, los ciudadanos cubanos estaban exentos de la expulsión a través de procedimientos de expulsión expedito. 

A la luz de los recientes cambios en las relaciones entre Estados Unidos y Cuba, el Secretario ha determinado que tales exenciones para los ciudadanos cubanos ya no están justificadas. Hoy, el Departamento está modificando sus reglamentos y emitiendo una notificación en el Registro Federal para eliminar dichas exenciones de las políticas que rigen el uso de la expulsión expedita de los ciudadanos cubanos que llegan por tierra, mar y aire. Con efecto inmediato, los ciudadanos cubanos detenidos en los puertos de entrada o cerca de la frontera podrán ser sometidos a procedimientos de expulsión expedita de la misma manera que los ciudadanos de otros países.

PROGRAMA DE ADMISIÓN CONDICIONAL PARA PROFESIONALES MÉDICOS CUBANOS

El 11 de agosto de 2006, el DHS anunció que permitiría a cierto personal médico cubano en otros países (es decir, no en Cuba ni en Estados Unidos) solicitar la admisión condicional. A los solicitantes bajo el programa de Admisión Condicional para Profesionales Médicos Cubanos (Cuban Medical Professional Parole Program, CMPP) se les exigió demostrar que eran profesionales médicos actualmente reclutados para estudiar o trabajar en otro país bajo la dirección del gobierno cubano. Los individuos podían solicitar la admisión condicional en una oficina de los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos, o en la embajada o consulado de Estados Unidos, ubicados en ese país. Sus familiares inmediatos también eran potencialmente elegibles para la admisión condicional.

Según la Declaración Conjunta, el DHS dejará de aceptar solicitudes de admisión condicional de los profesionales médicos bajo el programa CMPP. 

PROGRAMA DE ADMISIÓN CONDICIONAL PARA REUNIFICACIÓN DE FAMILIAS CUBANAS

El programa de Admisión Condicional para Reunificación de Familias Cubanas (Cuban Family Reunification Parole program) permite a los beneficiarios de ciertas solicitudes aprobadas de visa de inmigrante patrocinadas por la familia viajar a Estados Unidos antes de que estén disponibles sus visas de inmigrante, en lugar de permanecer en Cuba para esperar una visa. El programa busca acelerar la reunificación familiar a través de canales seguros, legales y ordenados de migración a Estados Unidos y desalentar la migración marítima peligrosa e ilegal.

El DHS ha determinado que este programa permanecerá implementado porque sirve a otros intereses nacionales.

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Press Office

Con información Departamento de Seguridad Nacional EE.UU.

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