¿Trabajas al aire libre? El Gobierno prohíbe los trabajos al aire libre cuando hay alertas roja y naranja por calor calor de la AEMET. A continuación de lo contamos.
El Consejo de Ministros se reúne de manera extraordinaria para abordar un conjunto de medidas con las que seguir afrontando las consecuencias de la sequía en España, así como para modificar el reglamento de prevención de riesgos laborales para prohibir el desempeño de las actividades profesionales al aire libre cuando la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) advierta de una alerta naranja o roja por calor.
El plan contra las olas de calor fue avanzado por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Este plan trata una serie de modificaciones legislativas para incorporar a la legislación laboral medidas específicas relacionadas con el cambio climático y de cumplimiento obligatorio en las empresas.
¿Qué dice la legislación sobre el trabajo durante olas de calor?
La legislación española considera una serie de medidas sobre las condiciones de trabajo que mantengan la integridad física de los trabajadores. No obstante, la norma española es de carácter más general y lo que contemplaría introducir el Ministerio de Trabajo serían medidas más concretas para casos más específicos.
Estatuto de los trabajadores
El artículo 4.2 del Estatuto de los Trabajadores contempla el derecho de los mismos a mantener su integridad física y una adecuada política de prevención de riesgos laborales.
Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Por su parte, la norma que se modificaría introduciendo especificidades ya contempla la "protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo".
En su artículo 1: "Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo".
El artículo 2 establece que, "cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores ". Incluyendo, por tanto, el trabajo en situaciones de mucho calor.
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril
En su artículo 7, este real decreto recoge que la "exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deberá suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores". Se refiere a las condiciones termo higrométricas reguladas en el Anexo III:
- La exposición a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no debe suponer un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.
- En la medida de lo posible, las condiciones ambientales de los lugares de trabajo no deben constituir una fuente de incomodidad o molestia para los trabajadores. Deberán evitarse:
- Las temperaturas y las humedades extremas (trabajar con un calor excesivo, por ejemplo)
- Los cambios bruscos de temperatura.
- Las corrientes de aire molestas.
- Los olores desagradables.
- La irradiación excesiva.
- La radiación solar a través de ventanas, luces o tabiques acristalados.
- En los locales de trabajo cerrados deberán cumplirse, en particular, las siguientes condiciones: Entre 17ºC y 27ºC (trabajos sedentarios propios de oficinas). Entre 14ºC y 25ºC (trabajos ligeros).
También, se recoge que "en los lugares de trabajo al aire libre y en los locales de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo". Por tanto, incluye el trabajo al aire libre que puede estar sometido al calor.
¿Qué trabajos no se podrán realizar durante las alertas de la AEMET?
Según la OMS, el calor ha dejado al menos 15.000 muertos en Europa en 2022, de los que casi 4.000 fueron en España.
El sistema MoMo considera que las provincias que no tienen costa son las que más incidencia tienen de muertes atribuibles a las altas temperaturas.
Por tanto, estos son los trabajos cuyos empleados tienen más riesgo de ver en peligro su integridad física por culpa del calor: