La residencia legal es un proceso administrativo que se debe realizar ante la DNM, un extranjero puede solicitarla para estar en el país de forma temporaria o permanente (exceptuando aquellas residencias amparadas por la Ley N°19254), para la obtención de la regularización de su estadía y obtención del documento de identidad uruguayo.
El tramite siempre dependerá del Ministerio del Interior y la DNM aclaramos que esto significa Dirección Nacional de Migración
Por lo general el tramite se realiza en el Departamento de Residencias de la Dirección Nacional de Migración: Dirección: Misiones 1513, horario de informes lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, teléfonos: 152.1817 o 152.1820, por información vía email:
Algunos tramites se pueden realizar vía web: Iniciar Trámite en Línea
¿Qué necesito para realizar el tramite?
Documento con los cuales a ingresado a Uruguay, carné de salud expedido en Uruguay y una foto carné.
Certificado de Antecedentes o carta de buena conducta expedida por las autoridades de justicia del país de origen y también el donde residió los últimos 5 años si es que fuera ese el caso, todos deben ser originales y legales, traducidos si fuera necesario.Partida de nacimiento o de matrimonio este es solicitado para residencias Temporarias Mercosur y en el caso que se trate de menores de edad. Acreditar un medios de vida, esto significa que debe declarar cual es el sustento económico en el país. Cuando se trate de Residencia Temporaria Mercosur se exceptúa dicho requisito.
Más información:
De acuerdo a la Ley N° 19254, las residencias definitivas es para nacionales de los Estados que forman partes del Mercosur o son asociados a este y para todos aquellos extranjeros que posean algún vínculo con un uruguayo deberán ser tramitadas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Si usted no habla español es obligatorio concurrir con un interprete.
Todos los documento de orígen extranjero que se presente para ser agregado al expediente deben estarapostillados o legalizado por el Consulado de uruguay
Otros: (de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 15441).
Los documento extranjero que no se encuentre en idioma español, debe ser traducido por traductor público de origen uruguayo (Ley N° 15441 articulo 6)a excepción de los documentos de origen brasileño de acuerdo a la Ley N°18224. En caso de un extranjero menor de 18 años, deberá presentar autorizaciónde sus padres para radicarse en Uruguay (dicha autorización otorgada en el extranjero deberá estar protocolizada por un escribano público uruguayo). Tendrá que probar venir en calidad de estudiante, mediante la presentación del certificado de estudio del país de origen.
Los certificados de antecedentes deberán ser válido para la presente gestión y tener alcance nacional, los estatales,departamentales o provinciales no tienen valor.
Será válida la constancia del Consulado del país del cual requiere la información de antecedentes, acreditado ante el Gobierno uruguayo.
Las consultas de trámites o notificaciones de expedientes se realizan en forma presencial debiendo solicitar día y hora a través de la línea gratuita 08001513 opción 1 correspondiente a (residencias) posteriormente opción 2 (consulta de trámites.
el costo de el trámite de Residencia es de 557,30 UI y el certificado migratorio para la obtención de la cédula de identidad es de 55,70 UI
Otros datos que te pueden ayudar
Para poder acreditar Medios de vida se puede acreditar ser Empleado de persona jurídica, deberas acreditar la percepción de un ingreso mensual nominal con antigüedad mínima de tres meses, esto deberá ser suficiente para su manutención, podrá probarse mediante la presentación de los siguientes documentos:
Certificado notarial de ingresos, algo así como recibo de sueldo en donde conste la remuneración mensual nominal que percibe y el cargo que ocupa, y contralor jurídico de la empresa.
Certificado contable de ingresos, con timbre profesional correspondiente.
Planilla de trabajo con el certificado del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Historia laboral del Banco de Previsión Social, últimos 3 recibos de sueldo, deben tener sello de la empresa y firma y contrafirma del responsable.
Empleado de persona física (ejemplo servicio doméstico y afines) El interesado deberá acreditar que recibe o recibió un ingreso mensual nominal con una antigüedad mínima de tres meses, este deberá ser suficiente para su manutención., podrá probarse mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
Certificado notarial donde conste la relación de trabajo, nombre y nacionalidad de el o los empleadores, deberá aclarar situación legal en el país de la misma, domicilio donde prestó el servicios, informe de salario mensual nominal que percibe y número de inscripción ante el BPS.
1 Certificado contable de ingresos
2 Historia del Banco de Previsión Social.
3 Últimos 3 recibos de sueldo, debe tener sello de la empresa y firma y contrafirma del responsable de la misma.
Trabajador independiente (empresa unipersonal) y sus empleados: Deberá acreditar la percepción de un ingreso mensual nominal, con una antigüedad mínima de tres meses, podrá probarse mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
Certificado notarial de ingresos, donde se acredite denominación, giro, domicilio fiscal y constituido, BPS, DGI, nacionalidad del titular y/o empleador, aclarar cuál es la situación legal en el país.
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- Certificado contable de ingresos donde se acredite el origen de los mismos.
- Empresario, Accionista que forme parte de (S.A., SRL, u otras )
- Deberá justificar ingresos mensual que percibe por su actividad, mediante certificado notarial que incluya el contralor completo de la empresa.Jubilado y pensionista en el exterior: Presentar certificado notarial donde conste monto mensual nominal y como es percibido en Uruguay.
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