Todos sabemos que con raya continua no se puede adelantar y con discontinua sí, aunque la discontinua puede servir para más cosas en un momento dado. De hecho, en muchos lugares en los que no se puede adelantar, podemos ver pequeños tramos de línea discontinua que lo que indican es que se puede hacer un giro a la izquierda para entrar a algún sitio. En más de una ocasión he visto que después de pintar la carretera, se ha procedido a transformar la raya continua en discontinua para dar acceso a algún cruce y no obligar a los usuarios a seguir hasta la siguiente rotonda para hacer el cambio de sentido.
Cuando transformar la raya continua en discontinua es ilegal
Transformar la raya continua en discontinua puede ser peligroso
En algunos casos, esta medida me ha parecido incluso peligrosa y tengo un ejemplo muy cerca de casa, pero siempre he pensado que se ha pedido alguna autorización o que, de oficio, Tráfico, o el Ayuntamiento, o quien tenga potestad en un momento dado para hacerlo, ha procedido a la transformación. Lo que nunca se me había ocurrido es que pudiera ser el propietario del camino quien, después de pintada la carretera, procediera a transformar la raya continua en discontinua, pero por lo visto hay algún caso en que eso es lo que ha ocurrido.
Ha sido el juzgado de Zafra (Badajoz) quien ha condenado al propietario de una finca al pago de poco menos de 1.500 euros y 14 días de trabajos sociales por haberse «abierto paso» pintando la linea de la carretera.
La investigación ha corrido a cargo de la Guardia Civil.
Según dicen: «Si un conductor circula por su carril y sabe que hay línea continua, no disminuye la velocidad, confía en que nadie vaya a girar a la izquierda, por eso puede haber un accidente muy grave si alguien gira de forma repentina».
Y supongo que en este caso no les falta razón, aunque desconozco si en el punto en cuestión, existe un verdadero peligro o se trata simplemente de una mala señalización (que también las hay), modificada por el vecino interesado.
Ramón Cerdá
Transformar la raya continua en discontinua. Sentencia was last modified: diciembre 5th, 2015 by Ramón Cerdá