Revista Insólito

Tratamientos de cambio de género en menores: qué exige la ley y los protocolos médicos en Colombia

Publicado el 08 noviembre 2025 por Andhe7 @mundonets

Tratamientos de cambio de género en menores: qué exige la ley y los protocolos médicos en Colombia

En Colombia, los procedimientos médicos y psicológicos relacionados con el cambio de género en menores de edad están sujetos a estrictos protocolos éticos, científicos y legales. Las normas buscan garantizar el consentimiento informado, la estabilidad emocional del paciente y la participación de la familia en cada decisión.

Marco legal y protección de los menores

La Corte Constitucional ha reconocido el derecho al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad de género de niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, también ha advertido que cualquier intervención médica o quirúrgica debe contar con un consentimiento informado reforzado, el acompañamiento de los padres o tutores y la valoración integral de especialistas en salud mental y endocrinología pediátrica.

En fallos como la Sentencia T-063 de 2022 y la T-622 de 2023, el alto tribunal subrayó que las decisiones sobre tratamientos hormonales o quirúrgicos no pueden tomarse de manera apresurada ni sin evaluar el contexto psicológico, emocional y familiar del menor. El objetivo es evitar daños irreversibles y garantizar que el proceso sea verdaderamente autónomo.

Qué exige la comunidad médica

Las asociaciones médicas y endocrinológicas recomiendan que el abordaje del cambio de género en menores se realice bajo equipos interdisciplinarios que incluyan psiquiatras, psicólogos, pediatras, endocrinólogos y trabajadores sociales.

Antes de iniciar cualquier tratamiento hormonal, se deben agotar fases de acompañamiento terapéutico y observación clínica prolongada, con revisiones periódicas y documentadas. La guía internacional Standards of Care for the Health of Transgender and Gender Diverse People de la WPATH establece que las decisiones deben basarse en evidencia científica y criterios de madurez emocional.

Consentimiento informado y rol de la familia

En Colombia, el consentimiento para este tipo de intervenciones debe ser otorgado por los padres o acudientes junto con el menor, y debe incluir explicaciones claras sobre los posibles efectos físicos y emocionales. Las clínicas y hospitales deben conservar registros firmados y evaluaciones psicológicas previas que demuestren que la decisión fue libre y consciente.

Los especialistas insisten en que no existen edades exactas para estos tratamientos, sino criterios de madurez psicológica, estabilidad emocional y acompañamiento familiar constante.

Los expertos coinciden en que la prioridad debe ser la salud integral del menor y la garantía de decisiones informadas, respetuosas y reversibles en la medida de lo posible.

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