Revista Cuba

ÚLTIMA HORA: EE.UU le aprieta las tuercas a la dictadura cubana. Nuevas medidas aquí…

Publicado el 08 noviembre 2017 por Yusnaby Pérez @yusnaby
ÚLTIMA HORA: EE.UU le aprieta las tuercas a la dictadura cubana. Nuevas medidas aquí…

La Administración de Trump cumple lo que promete respecto a su política con Cuba.

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control, OFAC) del Departamento del Tesoro y la Oficina de Industria y Seguridad (Bureau of Industry and Security, BIS) del Departamento de Comercio, anuncian reformas a las Normas sobre Control de Activos Cubanos (Cuban Assets Control Regulations, CACR) y a las Normas de Administración de Exportaciones (Export Administration Regulations, EAR), respectivamente, con el fin de implementar los cambios al programa de sanciones a Cuba, anunciados en Miami el pasado junio por el Presidente.

Estos cambios en las políticas  procuran impedir que las actividades económicas beneficien a las fuerzas militares, de inteligencia y de los servicios de seguridad cubanos, y al mismo tiempo mantener las oportunidades para que los ciudadanos estadounidenses realicen viajes autorizados a Cuba y contribuyan al sector de los pequeños emprendimientos privados en Cuba.

Las medidas comenzarán a regir a partir de mañana  9 de noviembre de 2017, cuando las normas sean publicadas por el Registro Federal.

“Hemos fortalecido nuestras políticas sobre Cuba para alejar las actividades económicas de las fuerzas militares cubanas e instar al gobierno a avanzar hacia una mayor libertad política y económica para el pueblo cubano”, indicó el secretario del Tesoro, Steven Mnuchin.

En el caso de las transacciones financieras y en plena sintonía con el Memorando Presidencial sobre Seguridad Nacional, el Departamento de Estado publicó ahora una lista de entidades y subentidades que están bajo el control, o que actúan en representación de las fuerzas militares, los servicios de inteligencia o de seguridad cubanos o sus funcionarios, y que en caso de mantenerse transacciones financieras directas con estas se beneficiaría de manera desproporcionada a las fuerzas militares, los servicios de inteligencia o de seguridad cubanos o sus funcionarios, a costa del pueblo cubano o de las empresas privadas en Cuba: la Lista de Entidades y Subentidades con Restricciones Asociadas con Cuba (“Lista de Entidades Cubanas Restringidas”).

La Lista de Entidades Cubanas Restringidas es mantenida por el Departamento de Estado y será publicada y actualizada periódicamente, según resulte necesario, en el Registro Federal.

Ahora estará prohibido que las personas alcanzadas por la jurisdicción estadounidense participen de ciertas transacciones financieras directas con entidades y subentidades identificadas por el Departamento de Estado en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas.

Algunas transacciones quedarán excluidas de esta prohibición, conforme a las excepciones que se estipulan en el NSPM.

En consonancia con el interés del Gobierno de evitar que esto tenga consecuencias negativas para empresas y viajeros estadounidenses, seguirán estando autorizadas las relaciones comerciales que existían antes de la inclusión, por el Departamento de Estado, de entidades y subentidades en la lista, al igual que la mayoría de los viajes organizados previamente.

Se permitirá a las empresas continuar con las transacciones estipuladas en acuerdos contingentes u otro tipo de acuerdos contractuales acordados antes de la emisión de la nueva normativa, de conformidad con otras autorizaciones normativas.

Respecto al tema del comercio y de conformidad con el NSPM, la Oficina de Industria y Seguridad (BIS) está adoptando una política general de denegación de solicitudes de licencias para artículos de exportación que puedan ser usadas por entidades y subentidades en la Lista de Entidades Cubanas Restringidas, a menos que la transacción se consistente con el NSPM por otros motivos.

La política del Gobierno de apoyar la libertad empresarial en Cuba, la Oficina de Industria y Seguridad está simplificando y expandiendo su excepción a las licencias que autoriza ciertas exportaciones sin licencia al sector privado cubano.

Los famosos viajes ¨Pueblo a Pueblo” de conformidad con el NSPM, la OFAC exige que (1) todos los viajes “pueblo a pueblo” (people-to-people) educativos que no tengan carácter académico se realicen bajo los auspicios de una organización que esté alcanzada por la jurisdicción de los Estados Unidos y que patrocine tales intercambios para favorecer el contacto entre pueblos,

Los viajeros estadounidenses que deseen ir a Cuba deben estar acompañados por una persona sujeta a la jurisdicción estadounidense que sea representante de la organización.

Quienes tengan su viaje ya sacado quedan excluidos de esta medida y harán el viaje bajo su responsabilidad. La medida entra en vigor a partir de mañana 9 de noviembre.

Con información de los Departamentos del Tesoro, Comercio y Estado.

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