Revista Cultura y Ocio

Un vallenato por Gabriel García Márquez

Publicado el 17 abril 2014 por Rafael Alejandro González Escalona @rafauniversidad

Modelos Recursos AdministrativosPodemos definir un Recurso Administrativo como el acto por el que una persona legitimada pide a la Administración la revisión de una resolución administrativa o, excepcionalmente, un acto de trámite, dentro de los plazos y según las normas establecidas.Los recursos administrativos están sometidos a unas reglas generales que se encuentran recogidas en el art. 107 de la Ley 30/92.Los actos administrativos gozan de una presunción de validez, aunque pueden ser recurridos. Según el art. 57.1 de la Ley 30/92:

“Los actos de las Administraciones Públicas se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa”.

Objeto recursos administrativos
El objeto de un recurso es interponerse contra:
  • Resoluciones
  • Y actos de trámite si, deciden directa o indirectamente sobre el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento o producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.

Causas recursos administrativos
Los recursos  pueden ser presentados por los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos de la Ley 30/92:
- Artículo 62: Nulidad de pleno derecho.
- Artículo 63: Anulabilidad

Excepciones
- El recurso de alzada se podrán sustituir por las leyes por otros procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje.
- No cabrá recurso en vía administrativa contra las disposiciones administrativas de carácter general.

n creadora.
Entonces, ¿qué es normal y qué es anormal?  Michel Foucault, filósofo y psiquiatra francés, dijo en 'Los Anormales'que 'la anormalidad' es una construcción discursiva que está atravesada por los condicionamientos políticos de una época que determina quién es normal, por ende quién es anormal, - 'biopolítica' - y que tiene un poder sobre nuestras vidas - 'biopoder' - que ejerce dictaminando qué es lo que se debe hacer con el diferente'. Así, el diferente es un extraño que se convierte en 'anormal', y al etiquetarlo, todo el resto de los individuos que conforman la norma se quedan tranquilos, se sienten seguros dentro de lo que rotulan como su propia 'normalidad'

Y los rótulos nos tranquilizan a todos, ¿verdad? 

Ser o o no ser...                  
Pero, ¿saben qué diría William Shakespeare ante el nombre que le damos a las cosas, como por ejemplo, a la rosa, siendo que no existen dos rosas iguales en todo el universo, como tampoco existen individuos iguales ni cuantificables en todo su esplendor? Mi admirado Willy diría:
'¿Qué hay en un nombre? Lo que llamamos rosa exhalaría el mismo grato perfume aún cuando de otra forma se llamase.'       
Ser o o no ser...

Les dejo un video cortito para seguir pensando en cómo etiquetamos erróneamente que difundo siempre que tengo la oportunidad...


- Los recursos contra un acto administrativo fundamentado  únicamente en la nulidad de alguna disposición administrativa de carácter general, se podrán interponer  directamente ante el órgano que dictó dicha disposición.
- La oposición a los actos de trámite podrá alegarse para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

Normas generales de interposición de un recurso administrativo
Cualquier recurso deberá constar de:

  1. El nombre y apellidos de la persona que recurre, así como identificación personal del mismo, el acto que se recurre y la razón de su impugnación.
  2.                

    Etiquetas psiquiátricas de trastornos inventados | Spot del CCHRInt

    http://youtu.be/P_X500l2rhQ            

    Y ustedes, alguna vez se enfrentaron con la pregunta: '¿Seré normal?'

    Fernanda 'A boca de jarro' desde Buenos Aires, Argentina


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