Publicado en febrero de 2019, el Decreto Presidencial No. 52/19 es una continuación de los esfuerzos de la administración de Lourenço para incentivar las inversiones en exploración y detener la disminución de la producción. La producción de petróleo de Angola ha disminuido desde su máximo de casi 1,9 millones de bopd en 2008 hasta alcanzar los 1.478 millones de bopd el año pasado.
Con el objetivo de "aumentar la producción de petróleo y gas" y "garantizar la sustitución de reservas para reemplazar la evidente disminución de la producción en los últimos años", el nuevo decreto define la nueva estrategia general del país para la atribución de sus concesiones petroleras hasta 2025.
Según los términos del decreto, las concesiones petroleras se adjudicarán bajo tres modalidades diferentes: licitación pública, licitación pública limitada y negociación directa.
La licitación pública y la vía de licitación siguen el procedimiento legalmente establecido para la adjudicación de concesiones petroleras en una subasta competitiva, como se detalla en el Decreto Presidencial 86/18. En dicha subasta, Sonangol, de propiedad estatal, tiene derecho a una participación del 20% en las operaciones de exploración en el caso de que no sea el operador del bloque.
En 2019, los Bloques 11, 12, 13, 27, 28, 29, 41, 42 y 43 en la Cuenca de Namibe, y el Bloque 10 en la Cuenca de Benguela se adjudicarán bajo licitación pública. En 2020, se propone adjudicar los bloques CON1, CON5 y CON6 en la Cuenca del Congo (onshore) y los bloques KON5, KON6, KON8, KON9, KON17 y KON20 de la Cuenca de Cuanza (onshore). Finalmente, se propone que los bloques CON2, CON3, CON7 y CON7 de la Cuenca del Congo (onshore) y KON1, KON3, KON7, KON10, KON13, KON14, KON15 y KON19 de la Cuenca de Cuanza (onshore) estén sujetos a licitación pública en 2023.
Por razones de interés estratégico nacional, una segunda modalidad será una licitación pública limitada, restringida a un número de compañías previamente seleccionadas. La modalidad se aplica a los bloques y áreas de contrato que se han devuelto al Estado, y los postores elegibles se seleccionarán entre las compañías que hayan demostrado conocimiento, experiencia y competencia técnica y tecnológica que operan en Angola. El procedimiento seguirá las reglas establecidas en el Decreto Presidencial No. 86/18 y se aplicará en 2021 a los bloques marítimos 7, 8, 9, 16, 33 y 34, y a los bloques de áreas libres 31 y 32, y en 2025 a los bloques 22, 24, 25, 26, 35, 36, 37, 38, 39 y 40.
Finalmente, los bloques 6, 30, 44, 45, 46 y 47 están abiertos a negociaciones directas, que deben concluirse antes de que finalice el primer semestre de 2019. Las compañías que los obtengan deben celebrar un Contrato de Servicio en Riesgo y acreditar experiencia, conocimiento, capacidades técnicas y tecnológicas para operar en Angola u otras regiones petroleras.
Esta legislación está alineada con la implementación del presidente angoleño, João Lourenço, de una agenda reformista que está transformando drásticamente la gobernanza del segundo mayor productor de África subsahariana desde las elecciones de 2017.
En mayo de 2018, Angola ya había publicado tres decretos presidenciales relacionados con la gobernanza y la regulación de su sector de petróleo y gas: el Decreto presidencial Nº 5/18, que establece el marco para las actividades de exploración de las Áreas de Desarrollo; El Decreto Presidencial No. 6/18 regula el desarrollo de los campos marginales y el Decreto Presidencial No. 7/18 regula la prospección, investigación, evaluación, desarrollo, producción y venta de gas natural.
Se espera que la claridad proporcionada por la nueva estrategia de concesión de licencias de petróleo y su promulgación por Decreto de Presidencia proporcionen incentivos suficientes para aumentar el interés de las grandes empresas africanas, independientes e internacionales en la exploración de las áreas angoleñas. También se unirá a la primera ronda de licitación de Campos marginales del país, que se lanzará en la Angolan Oil & Gas Conference en Luanda, del 4 al 6 de junio de 2019.