Revista Opinión

URT – CAUCA ID 83216 – Revocacion Directa.

Publicado el 26 abril 2022 por Leonhor

VIENE DE:

Habíamos quedado en que se negó el RECURSO DE REPOSICION,  por parte de Abogada MARIA DEL MAR CHAVES CHAVARRO Mediante su Resolucion RC- 00545 echando mano de argumentos que contradicen las normas procesales y los hechos que obran dentro del ID 83216. Ante lo cual luego de idas y venidas y no poder sacar adelante la DEMANDA JUDICIAL DE RESTITUCION por lo que hiso la Abogada MARIA DEL MAR CHAVEZ CHAVARRO en asocio con la Abogada sustanciadora DIANA KARINA RAMOS CABRERA de cambiarme los linderos del predio y ante mi tozudez de no aceptar en restitución menos tierra de la que fui obligada a abandonar. acudi a presentar una accion de

REVOCATORIA DIRECTA Of. 9371

 Buscando la SEGUNDA INSTANCIA mediante mi Of. 9371 de fecha 10 de Marzo de 2019 interpuse una ACCION DE REVOCACION DIRECTA  ante el señor ANDRÉS AUGUSTO CASTRO FORERO – Director – DIRECCION GENERAL UNIDAD DE RESTITUCION DE TIERRAS una ACCION DE REVOCATORIA DIRECTA, con este tramite buscaba, por un lado la intervencion de un tercero imparcial que se pronunciara en SEGUNDA INSTANCIA   Y que se revocara para  anular la RESOLUCION RC-00376

DEVUELVEN A POPAYAN EL CASO

URT – CAUCA ID 83216 – Revocacion Directa.
Mónica Jenneth Rodríguez B.

No tengo la menor idea de como se manejaron los tramites al interior de la UTR, en Bogota, pero mas me demore en armar mi revocatoria y subir los archivos a Driver, que la accion aparecer en Popayan para que la tramitara  la Abogada MARIA DEL MAR CHAVES CHAVARRO. Dicha informacion de que el tramite se surtiria en Popayan, me fue transmitida  mediante correo e-mail dando cuenta del recibido.

Al parecer quien tomo la desicion de enviar la ACCION DE REVOCATORIA DIRECTA a Popayan fue la Abogada MONICA RODRIGUEZ BENAVIDES quien para la epoca era la Directora Juridica de la URT

NIEGA REVOCATORIA DIRECTA RC – 00563

URT – CAUCA ID 83216 – Revocacion Directa.
Maria del Mar Chavez Chavarro – Foto URT

Es decir, quien ya habia vulnerado mis derechos procesales y habia PRETERMINADO LA INSTANCIA para presentar objeciones que da El Decreto 440 de 2016, era quien hiba a decidir si lo que habia hecho estaba ajustado a las pruebas y a derecho, es decir por cuestiones internas de la URT en Bogota, convirtieron a MARIA DEL MAR CHAVES CHAVARRO en juez y parte y ella no tubo la lealtad de apartarse o declararse impedid

Finalmente en su pronunciamiento de fecha 22 de Abril de 2019, la Abogada MARIA DEL MAR CHAVEZ CHAVARRO, nego la revocatoria directa, por haberse vencidos los terminos para intentar la accion.

Me imagino la felicidad tan grande de la funcionaria, ha de haber pensado que alli terminaba todo y que yo ho aceptaba el pedazo que me habia dejado o lo perdia todo.

Bueno ella la Abogada MARIA DEL MAR CHAVEZ CHAVARRO, no conto con la tremeda fe de carbonero que me mando. Las cosas no hiban a terminar alli, de eso estaba Yo segura.

NO AUTORIZACION AL TRAMITE JUDICIAL

Yo fui muy reiterativa con la Abogada CHAVEZ CHAVARRO, en decirle que no confiaba en ella (Esto por que descubri que era mentirosa), primero mediante mi Of. 6074 de fecha 25 de Noviembre de 2017, le deje muy en calro que no le autorizaba tramitar la parte judicial a mi nombre., la funcionaria dio respuesta a dicho oficio acatando mi negativa a que me representara.. mediante su Oficio URT-OTC 1719 de 2 de Diciembre de 2015, antes de que se le diera tramite a la ID 83216.

ES QUE A UN MENTIROSO NO SE LE PUEDE AUTORIZAR EL MANEJO DEL PATRIMONIO DE UNO.

A GRANDES MALES SOLUCIONES MONUMENTALES

PRIMERO: Teniendo parte de mi predio invadido por ANA CECILIA SAÑUDO.

SEGUNDO: Otra parte despojada mediante una escritura fraudulenta, y que ademas la Abogada MARIA DEL MAR CHAVEZ CHAVARRO, protegiendo a mi victimaria de todas formas, primero dilatando el proceso administrativo de restitucion durante años y posteriormente no dandole tramite al despojo d mi predio y para finalizar cambiandole los linderos a mi propiedad.

TERCERO: y como la “pelicula” de las arbitrariedades no estaba completa, habiendo sido despojada por la misma URT de un pedazo de mi finca que en la georeferenciacion desaparecio d emi predio y se la agregaron al predio colindante de  BLANCA NIEVES URIBE DE ZULETA.

Despues de pensarlo mucho, recorde que en derecho las cosas se deshacen en la forma que se hicieron….

Y si todo esto del despojo, fue dejado por fuera, al igual del pedazo que me quitaron para darselo a la colindante de  BLANCA NIEVES URIBE DE ZULETA. pues si en derecho hicieron eso…. en derecho hiban a tener que deshacer el entuerto que habia formado la Abogada MARIA DEL MAR CHAVEZ CHAVARRO.

RESTITUCION ADMINISTRATIVA ID 1053236 

Dado que el despojo nunca fue tramitado, yo tenia via libre para iniciar el tramite y exactamente eso hise, en fecha 27  de Septiembre de 2018, mediante mi Of. 9191 , y que corresponde a lo que ahora se denomina “LAS VERANERAS” M.I. 120-174137, Y que ahora si le figura el tramite de restitucion.

RESTITUCION ADMINISTRATIVA ID 1053257

En este otro radicado esta el pedazo que le quitaron a mi predio en la Georeferenciacion y se lo adjudicaron al predio colindante de BLANCA NIEVES URIBE DE ZULETA, que fue la segunda persona que se presto a fijar falsamente linderos d emi predio, para beneficiar a la invasora ANA CECILIA SAÑUDO y a ella personalmente. Este predio es conocido como el “LLANITO” y tiene la matricula inmobiliaria 120-5783,

En lasproximas entregas, voy a hablar de:

  1. Contare como en 2020, se me pidio permiso para levar a cabo la revocacion del ID 83216 y lo que le conteste a la abogada estrella de la UTR-Pop.
  2. cada uno de estos nuevos procesos, que realmente tienen unas sorpresas increibles.
  3. Adicional, viene lo intereante d elas recusaciones
  4. y como postre las denuncias penales….

pero esto tiene que continuar y asi sera.

CONTINUA EN….

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