Revista Opinión

Vehículos de movilidad personal. ¿Prohibición o brindis al sol?

Publicado el 15 diciembre 2016 por Elblogderamon @ramoncerda

Nada es un problema… hasta que crece y se convierte en un problema. Eso es ni más ni menos lo que ha ocurrido con los vehículos de movilidad personal y que ya sucedió con anterioridad con las bicicletas. Hace cuarenta años era raro ver bicicletas por las aceras, pero todavía era más raro ver patinetes, y desde luego, era imposible ver otros tipos de vehículos que han ido apareciendo con posterioridad, como los patinetes eléctricos, los segway, las sillas de minusválidos con motor eléctrico tipo scooter, etcétera. Todo eso que podríamos englobar en la denominación común de vehículos de movilidad personal, se ha convertido en una amenaza para el clásico peatón, el que se limita a ir a pie sin artilugios de transporte de ningún tipo.

La DGT ha pensado que es el momento de decidir sobre el futuro de los vehículos de movilidad personal

#Vehículos de movilidad personal

Los vehículos de movilidad personal han demostrado ser un peligro para los peatones

Aunque no acostumbro a estar muy de acuerdo en la mayoría de las ideas, ocurrencias y variopintas normas de la DGT, lo cierto es que en esta ocasión creo que llevan razón porque los peatones han acabado rodeados de una marabunta de aparatos peligrosos para su integridad física. Estoy seguro de que los primeros que pondrán el grito en el cielo serán los minusválidos usuarios de los vehículos de movilidad personal tipo scooter, aunque bajo mi particular punto de vista son incluso más peligrosos que otros porque tienen una importante masa y están manejados por personas que, lamentablemente, no siempre los controlan al cien por cien. La semana pasada estuve a punto de ser atropellado por uno de ellos en una acera, manejado por una persona con párkinson; me salvaron mis reflejos, no los del conductor.

De todos modos, más que una prohibición, esto es un intento light de regulación, casi un BRINDIS AL SOL, porque lo que hacen es advertir de los peligros que suponen para los peatones los vehículos de movilidad personal, pero dejan al criterio de cada ayuntamiento la regulación final. ¿Qué pasará? Pues mucho me temo que no se avanzará lo que debiera en este asunto y los ayuntamientos actuarán de forma laxa y poco contundente, aunque habrá que dejar pasar un tiempo prudencial para ver qué hace cada cuál.

La DGT dice que los vehículos de movilidad personal no se pueden asimilar en ningún caso a la figura del peatón y, por lo tanto, es evidente que «no puede hacerse uso de ellos en las aceras y espacios reservados para los peatones».

Al mismo tiempo también dicen que tampoco se los puede catalogar como vehículos a motor, de manera que podrían «ubicarse físicamente sobre la calzada, siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local».

Aprovechan la normativa para recordar que los vehículos de movilidad personal no están obligados a disponer de seguro ni requieren carné de ningún tipo. Personalmente discrepo en cuanto a lo del seguro, y dado que pueden ocasionar daños, sí deberían disponer de él.

Se puede ver el contenido íntegro de la instrucción AQUÍ

Ramón Cerdá


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