Vending o venta a través de máquinas expendedoras de productos.
Se trata de un negocio cada vez más rentable y que además teniendo en cuenta los tiempos por los que estamos pasando puede tener el futuro de su lado.
Pero el negocio del vending no es algo que se haya inventado recientemente en el antiguo Egipto ya se utilizaban máquinas para la venta de agua bendita aunque el funcionamiento de las máquinas era algo diferente.
¿Por qué el vending puede ser uno de los negocios más rentables?
A través del vending el autónomo o la empresa puede llegar más fácil a sus clientes y además para ello no necesitará contar con más trabajadores, pues son las vending machine las que realizan el trabajo.
El vending se efectúa a través de máquinas expendedoras, que pueden ser de bocadillos, de café, de golosinas … Hoy en día existen un montón de máquinas diferentes haciendo ya este trabajo, el cliente introduce monedas, dinero electrónico a través de tarjetas, fichas … y obtiene a cambio un producto que puede consistir en una caja de chicles, un bocadillo, un refresco …. existen numerosas posibilidades.
Además, una de las cosas buenas que tiene esta táctica de venta de comercio al por menor es que no exige el sometimiento de un horario de apertura, sino únicamente de que la máquina funcione correctamente y, por otra parte, tampoco va a necesitar una excesiva mano de obra solamente una cantidad de máquinas suficientemente buenas y atractivas como para invitar al consumidor usarse.
Por lo tanto, se trata de un negocio bastante pasivo que puede perfectamente permitir al empresario tener una fuente extra de ingresos que le permitan completar los ingresos de su trabajo o de su negocio.
Si no sabes por donde empezar tienes alternativas como la de Metro 24 ST a través de ellos puedes poner en marcha tu negocio de vending.
En España el negocio de vending mueve ya mas de 1700 millones de euros, con lo cual parece claro que ya sea para diversificar o empezar un negocio de este estilo no parece una mala idea.
Ahora bien para poner en marcha tu negocio de vending como con cualquier negocio tendrás que cumplir con una serie de obligaciones fiscales y legales.
Otra de las cosas que vas a tener que tener en cuenta es que si en un negocio la localización es importante en una máquina de vending lo es aún más.
Básicamente el negocio del Vending se divide en:
- Vending Publico: Se trata de máquinas puestas en las calles públicas, si bien puede ser una de las líneas de vending más rentables también es cierto que en un principio vas a necesitar una mayor inversion.
- Vending en oficinas y centros de trabajo. El problema que suele tener es que te puedes encontrar con una fuerte barrera de entrada, ya que la mayoría de las oficinas y gimnasios suelen estar ya más que ocupados
¿Como poner en marcha un negocio de vending?
Si ya tienes el lugar decidido para poner en marcha tu negocio de vending estos serán los pasos que tendrás que dar para poner en funcionamiento tu negocio
Por una parte, como cualquier otra actividad económica va a requerir que el autónomo sé de alta en la seguridad social además el término de habitualidad aquí parece claro, ya que una vending machine puede funcionar perfectamente las 24 horas del día durante todos los días del año.
Por otra parte, como cualquier actividad tendrás que darte de alta en el epígrafe correspondiente en este caso el epígrafe correcto es él 6475 «Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido él tabaco, a través de máquinas expendedoras» si la vending machine sirve también para vender tabaco entonces habrá que añadir el epígrafe 6465 Comercio al por menor de labores de tabaco, realizado a través de máquinas automáticas …
¿Cuáles son las obligaciones fiscales de un negocio de vending?
Si el vending se hace bajo la figura jurídica de una sociedad, por una parte, tendrás que llevar contabilidad, llevar unos libros contables ordenados que te permitan cumplir con éxito con tus obligaciones fiscales además de presentar el IVA siendo de aplicación siempre el régimen general y presentar el impuesto de sociedades.
En el supuesto de que la actividad sea realizada como autónomo entonces tributaras por IRPF para lo cual, por una parte, tendrás que presentar el modelo 130 al tratarse de una actividad que debe de tributar por el régimen de estimación directa simplificada salvo que los ingresos sean elevados y te expulsen de ese régimen al régimen de estimación directa normal aunque en ese momento posiblemente ya tengas creada una sociedad.
El IVA del trabajador autónomo puede que sea uno de los aspectos fiscales que más dificultades provoquen a la hora de conocer como cumplir con las diferentes obligaciones fiscales que tiene un autónomo que decide ejecutar esta actividad de venta a través de máquinas expendedoras.
La venta de productos mediante machine vending normalmente está sujeta al régimen especial de recargo de equivalencia, ya que se trata de productos que no han sido transformados por el autónomo
Él recargó de equivalencia es un régimen que no permite deducirse el IVA con lo cual si esa persona que ha iniciado la actividad de vending desarrolla además otra actividad que si permita la deducción del IVA por encontrarse en régimen general nos encontramos entonces en una situación de sectores diferenciados con lo cual tendrá que tener en cuenta la regla de prorrata a la hora de calcular el IVa que debe ingresar en Hacienda.
EL IVA y los productos de vending.
En España las vending machine se utilizan sobre todo para vender alimentos, tabaco, preservativos, bebidas la mayoría de esos productos son productos a los que se les aplica el 10% y no se someten a ninguna transformación para su venta.
Pero también existen vending machine a través de las cuales se adquiere café lo que supondrá que a dicha venta se le deba aplicar igualmente el 10%, pero a cuya venta se le debe aplicar el régimen general, puesto que existe un preparado.
Un empresario que tuviese al mismo tiempo vending machine con productos de cafe y otros productos, por lo tanto, estaría en una situación de sectores diferenciados como se ha comentado anteriormente.
Otra de las cuestiones que habrá que tener en cuenta para configurar los diferentes tipos de IVA aplicables en los productos vendidos será que tipo de bebidas se están vendiendo, la dirección general de tributos ha señalado hace poco en una de sus consultas vinculantes que en aquellos productos que tengan la consideración de bebidas refrescantes o zumos y en su elaboración se hubieran añadido azúcares u otros edulcorantes, en los términos señalados, su entrega quedará sujeta al tipo impositivo general del 21 por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Mediante este enlace puedes acceder al texto completo de la consulta vinculante