Muchas veces por desconocimiento, otras por nervios y otras por presión del empresario de turno o de la ETT en cuestión, firmamos sin leer los contratos de trabajo, hoy os propongo revisar 5 puntos fundamentales que no nos llevarán más de tres minutos para por lo menos hacernos una idea de lo fundamental.¿Preparados? ¡Vamos allá!
1. ¿Qué tipo de contrato estoy firmando?
¿Conoces los nuevos modelos de contratos?, son los mismos de siempre, pero resumidos en menos modelos, para saber cuál vas a firmar echa un vistazo al título, ahí es dónde aparece si lo que estás firmando es indefinido- ojalá - o uno de los temporales
2. Asegúrate que sabes cuál es tu centro de trabajo.
En la primera cara del contrato, justo después de los datos de la Empresa aparecerá la dirección del centro de trabajo para el que estás siendo contratado y se vuelve a repetir con más detalle en la cláusula primera, es importante que sepamos este dato, ya que si luego pretenden movernos, imaginaros una cadena de tiendas que cada semana nos envía a una diferente, podrán llegar a generarse dietas o kilómetros, incluso puede tener influencia en los famosos accidentes de trabajo en in intinere, los que suceden en el camino de ir o volver al trabajo.
3. ¿Cuál es tu horario?
Aparece en la cláusula segunda, ahí nos indica nuestra jornada, si trabajaremos las 8 horas (jornada completa) o jornada parcial (sólo unas horas al día o solo unos días a la semana...) además nos marcará qué días son de laborales para nosotros, es decir si aparece:la jornada de trabajo será de 40 horas prestadas de LUNES a DOMINGOpues ya sabemos, cualquier domingo podremos ser llamados a trabajar y no nos podremos negar ya que lo hemos firmado.
4.¿Cuánto dura mi contrato?
Es la cláusula tercera en el caso de los contratos temporales, ya que los indefinidos, son eso, indefinidos, durarán en principio hasta la jubilación del trabajador, por lo tanto si firmo un contrato temporal me interesa, leer esta cláusula y tener en cuenta que la fecha que aparezca como de fin de contrato ES ORIENTATIVA, SIEMPRE ORIENTATIVA, no tiene por qué cumplirse a rajatabla, es simplemente para que nos hagamos una idea de cuánto puede durar
5.¿Qué período de prueba tengo y qué convenio colectivo me corresponde?
En la misma claúsula tercera aparece mi período de prueba, es importante fijarse ya que normalmente aparece seguido de la coletilla "suspendiéndose en caso de I.T." ¿qué quiere decir eso? que si tu período de prueba dura 15 días y en el día 14 coges la baja, cuando te reincorpores todavía quedará 1 día de periodo de prueba por cumplir.Para saber cuánto puede durar como máximo tu período de prueba: artículo 14 Estatuto de los TrabajadoresAparece al final del contrato, en la claúsula séptima, es importante de cara a saber que días libres te corresponden, que remuneración, qué vacaciones... así que ¡búscalo y apréndetelo de memoria!.
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