Revista Salud y Bienestar

Al margen de la ley en la prescripción de fármacos

Por Miguel @MiguelJaraBlog

Comentaba el otro día que cuando un medicamento es utilizado para una indicación no autorizada, el médico que lo ha prescrito puede tener responsabilidad civil y penal en caso de que produzca efectos indeseados. Pregunté a Paco Almodóvar, el coordinador de abogados en nuestro bufete y me contesta que el médico puede tener responsabilidad civil o penal siempre y cuando no cumpla con la legislación. En este caso cuando no solicite el consentimiento informado a sus pacientes, es decir, cuando no informe adecuadamente. Cuando falsifique o manipule datos científicos no suficientemente corroborados (con base científica) o cuando el protocolo a aplicar sea nocivo para el paciente.

Yo sobre lo que escribía es sobre el conocido como uso de medicamentos off label:

Utilización de medicamentos autorizados, en condiciones de uso diferentes a las recogidas en su ficha técnica oficial. Ésta indica cómo se ha de utilizar el fármaco: su indicación (patología para la que está aprobado); los grupos de edad (si es población pediátrica,…); la dosis y posología; la vía de administración. Todo lo que el médico haga que se salga de esas indicaciones se considera off label y puede incurrir en un delito.

Algunos datos estadísticos explican que entre el 7 y el 40% de las prescripciones en adultos y hasta el 90% en algunos pacientes pediátricos hospitalizados están fuera de indicación. ¿Cual es su justificación? Que no siempre la mejor evidencia disponible se refleja en las condiciones de autorización de un medicamento; que la actualización de la ficha técnica, cuando aparecen nuevas evidencias, es un proceso lento y poco ágil; que el laboratorio farmacéutico debe solicitar la actualización de la ficha técnica y en ocasiones le falta motivación pues puede que se trate de productos antiguos, sin patente, vamos que le da trabajo y poco beneficio económico. La Ley del medicamento ahora elimina la necesidad de autorización individual de cada caso por parte de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS); promueve la evaluación por parte de los centros de la evidencia que avala el acceso a medicamentos en condiciones diferentes a las autorizadas en las fichas técnicas; se le da todo el protagonismo (y la responsabilidad) al médico y al centro sanitario; se salvaguarda la autonomía del paciente (Consentimiento informado); se mantiene la prohibición de realizar promoción, por parte del laboratorio farmacéutico, del uso de medicamentos en condiciones diferentes a las autorizadas. Es decir, protege más al ciudadano y por ello los médicos que por los motivos que ellos sepan deciden mantenerse al margen de la ley prescribiendo lo que ni pueden ni deben podrán vérselas con la Justicia.

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