Según filtró el diario español El País, el Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior de Chile, en su investigación sobre las circunstancias de la muerte de Pablo Neruda en 1973, considera “claramente posible y altamente probable la intervención de terceros en su muerte“.
El informe filtrado expresa que “Constan en el proceso numerosos antecedentes los cuales, ponderados conjuntamente, permiten, a juicio de esta parte, presumir una posible intervención de terceras personas en la muerte de D. Pablo Neruda”.
Pablo Neruda falleció el 23 de septiembre de 1973, tan solo 12 días después del golpe de estado de Augusto Pinochet, en el que derrocó al presidente chileno Salvador Allende.
La investigación reveló que el certificado de defunción de Neruda fue expedido vía telefónica y que no se hicieron los procesimientos médicos correspondientes para determinar la causa de la muerte. Si bien se declaró oficialmente que murió a causa de metástasis cancerosa, no existen documentos que demuestren que esta fuese la causa.
El informe revela varios elementos que incitan a la sospecha de asesinato. En primer lugar, la cercanía personal y política que el artista tenía con Salvador Allende. Además, se destaca la coincidencia de que muriese el día antes de su anunciada salida al exilio en México. Asimismo, todas las casas de Pablo Neruda fueron allanadas por elementos militares. Finalmente el peso político del poeta que le convertían en “el candidato ideal para encabezar un gobierno en el exilio“.
El Programa de Derechos Humanos del Gobierno de Chile emitió un comunicado de prensa en el que se refirió al artículo de El País y a la investigación en curso.
“El Gobierno de Chile, a través de su Programa de Derechos Humanos, ha constituido dos paneles internacionales e interdisciplinarios de expertos -el último recientemente en octubre de 2015-, para continuar realizando pericias que permitan llegar a una conclusión científica” dice la nota de prensa.
El Programa de Derechos Humanos hace un llamado a esperar el veredicto oficial de los tribunales: “Ningún dato o pieza de evidencia parcial debe distraer a la opinión pública de la obligación de esperar el veredicto de los Tribunales de Justicia de Chile, que son quienes tienen la potestad de determinar la verdad en este doloroso caso”.