Revista América Latina

Aparente negligencia inexcusable… ???

Por Gmoperu

APARENTE NEGLIGENCIA INEXCUSABLE… ???

Fotografía  referencial


Ex procuradora de la MPC, ahora representante del CAC en el FINVER, dejo una deuda que tendrá que ser pagada con dinero proveniente del bolsillo de cada uno de los contribuyentes cañetanos. Mirtha de los Ángeles Sotelo, no apelo fallo judicial  a pesar de haber tenido el plazo para hacerloGracias a una presunta negligencia inexcusable (llámense también una posible omisión de actos funcionales, ejecutada por la ex procuradora municipal Mirtha de los Ángeles Sotelo Pérez, esposa del Decano del Colegio de Abogados de Cañete y regidor provincial Freddy Toribio Candela, la actual administración edil que preside del alcalde Segundo Díaz De la Cruz,  deberá asumir una deuda que tendrá que ser pagada con dinero proveniente del bolsillo de cada uno de los contribuyentes cañetanos. La gestión 2019 – 2022, deberá de pagar más de doscientos mil soles a uno de sus obreros que ganó un juicio al municipio. Se trata de la demanda interpuesta en el 2016 por Marco Antonio Castilla Meneses en contra de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC) para el cumplimiento de los pagos de los pactos colectivos que dejó de percibir por parte de la entidad edilicia, tales como los incrementos remunerativos por costo de vida de más de una década de labores, el pago de asignación familiar, de gratificaciones, vacaciones e indemnización vacacional por un monto total de S/ 356,643.10 soles.Luego de un año de proceso, en marzo de 2017 el 2do Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Cañete declaró fundada en parte la demanda. En consecuencia, el magistrado a cargo ordenó que la MPC pague a favor del demandante los beneficios sindicales (costo de vida, movilidad, refrigerio o racionamiento, día del trabajador municipal, bonificación excepcional e incremento fijo) por la cantidad de S/ 160,044.20 soles, ello en merito a los convenios colectivos que se exigía sean respetados; así como el pago de reintegros por concepto de gratificaciones, escolaridad, asignación familiar y vacaciones por la suma de S/ 48,083.55 soles. Es decir un total de S/208 mil soles, cifra a la cual se le adicionaría el pago de los intereses legales que se liquidarán en ejecución de sentencia previo peritaje contable judicial. Este caso ya tiene una sentencia firme en primera instancia, es decir es cosa juzgada, pues la entonces procuradora municipal no apeló al fallo a pesar de que en su momento, tuvo un plazo de cinco días hábiles para hacerlo, generando la enorme deuda al gobierno local, una actitud que contraviene el Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado a la cual está obligada a regirse y la que le exige defender los intereses del Estado hasta la última instancia. (Fuente original: Facebook de Guillermo Peña)

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