Revista Salud y Bienestar

Aprobada la ampliación de la ‘excepción ibérica’ hasta el próximo 31 de diciembre

Por Pedirayudas @Pedirayudas

El Consejo de ministros ha aprobado el real decreto ley que recoge las modificaciones que ha exigido la Unión Europea para aceptar esa ampliación, y que tan solo suponen un cambio en los topes a los que se pagará el precio del gas. El resto de la medida seguirá funcionando como lo hacía hasta ahora

¿Para qué sirve la "excepción ibérica"?

El objetivo del mecanismo desde su entrada en funcionamiento el pasado 15 de junio ha sido topar el precio del gas que se utiliza para la generación de energía en el mercado mayorista de formación de precios para evitar trasladar todo el impacto de la subida de precios del gas en los recibos de los consumidores, es decir, el fin es rebajar el precio de la electricidad en el mercado mayorista y, así abaratar la factura de la luz en hogares y empresas.

¿Cómo afecta en la factura de la luz?

Con la 'excepción ibérica' se fija un precio tope al gas, que se utiliza para producir electricidad y con ello se reducen los costes de los combustibles de las centrales eléctricas.

Así, el precio diario de la electricidad en el mercado mayorista se calcula teniendo en cuenta la diferencia entre el precio del gas natural en los mercados y el límite fijado para el gas para la producción de electricidad. Este límite asciende a una media de 48,8 euros/MWh durante los meses en los que se mantenga en vigor la medida. No obstante, los consumidores minoristas tendrán que asumir el coste de compensación a las eléctricas.

En contratos con la tarifa PVPC

Todos aquellos clientes que tengan contratada la tarifa regulada tendrán que asumir el coste del tope de gas. El precio final que ofrece Red Eléctrica para el KW/h incluye ya este coste desde que la norma entró en vigor. De este modo, el coste del tope del gas no se aprecia en las facturas, ya que está integrado en el concepto Coste de la energ

¿Cómo se forma el precio de la luz con el tope al gas?

En la actualidad el precio tope al que los ciclos combinados que generan electricidad con gas pueden ofertar en el mercado diario está fijado por el mecanismo en 45 euros el MWh. Eso significa que el resto de las energías (nuclear, hidráulica, fotovoltaica, eólica...) no pueden cobrar por encima de ese precio. La diferencia entre esos 45 euros y el coste real de gas en el mercado diario se abona de forma conjunta por todos los consumidores. Es lo que se llama compensación.

Es decir, si la cotización del gas es de 100 euros, se deberá abonar a los generadores la diferencia de 55 euros habría que abonarla de forma conjunta con cargo a todos los consumidores. Por eso aparece un recargo con este concepto en la factura.

¿Existe algún cambio desde la aprobación de la excepción ibérica?

Hasta hoy, el plazo de aplicación del mecanismo ibérico tenía como fecha tope el 31 de mayo del 2023, pero desde su entrada en vigor, el 15 junio, se había establecido un tope ascendente para el precio del gas que comenzó en 40 euros y se iba incrementando hasta los 70 euros MWh en mayo.

Tras la ampliación aprobada este pasado martes 28 de marzo, lo que se hace es frenar la subida de ese tope, es decir, de los 55 euros el megavatio hora actual crecerá un 1,1 euro MWh mensualmente desde abril para terminar en 65 euros MWh en diciembre.

¿Por qué se amplía solo hasta finales del 2023 y no todo 2024 como había pedido el Gobierno?

Lo que ha autorizado Bruselas es una ampliación de la medida hasta la fecha tope en la que están en vigor las medidas excepcionales aprobadas para afrontar el impacto de la guerra en Ucrania. Según el Gobierno, lo acordado con Bruselas es que si cuando ese plazo termine el entorno de tensión en los mercados energéticos se mantiene, se podrá plantear otra ampliación.

El mecanismo actúa como un seguro contra la posible volatilidad del mercado. Si el precio del gas no sube de los 55 euros el mecanismo no se activa.


Volver a la Portada de Logo Paperblog