Revista 100% Verde

Argumento: "Los animales no son iguales a los humanos, por lo tanto, es éticamente correcto esclavizarlos y asesinarlos"

Por Respuestasveganas @respuestasvegan

PROLEGÓMENO: En esta entrada responderemos a las siguientes preguntas: ¿somos todos iguales? ¿a qué nos referimos con 'igualdad'? ¿qué es el principio de igual consideración de intereses? ¿qué es la arbitrariedad?


Algunas personas dicen que los animales no-humanos no son iguales a los humanos sino que son distintos. Por ejemplo, los humanos generalmente andan sobre dos extremidades y los animales no-humanos sobre 4, 6, o o más extremidades, etc. Los humanos y los animales no-humanos no son físicamente iguales y, por lo tanto, dicen, no hay nada éticamente incorrecto en esclavizarlos y asesinarlos.
Por otro lado, estas personas dicen que todos los humanos son iguales y que por ello es incorrecto esclavizarlos y asesinarlos.
Formulamos de forma más clara el argumento que utilizan dichas personas. Éste iría como sigue:
(A1) "Es éticamente correcto no considerar los intereses de quienes son distintos".
(A2) "Los animales no-humanos son distintos a los humanos".
(A3) Como (A1) y (A2) es verdadero entonces "Es éticamente correcto explotar y asesinar a los animales no-humanos".
RESPUESTA VEGANA:
Este argumento puede rebatirse de las siguientes maneras:
(i) El concepto de igualdad en ética no significa ser igual de hecho. Igualdad en ética no significa que todos seamos iguales de hecho, pues es un hecho que todos somos distintos y es por ello por lo que tenemos diferentes capacidades; como dice Peter Singer: “la igualdad es un principio ético básico y no una afirmación de hecho”. Es un hecho que si seleccionamos a cualquier individuo A y a otro individuo B podemos comprobar que no son iguales sino que son físicamente diferentes y tienen diferentes capacidades. Por lo tanto, en este sentido, A ≠ B, siendo A y B individuos.
(ii) De una diferencia de hecho no se infiere una desconsideración de intereses. Todos somos distintos de hecho, pero de ello no se infiere una desconsideración de intereses:
Del hecho de que un individuo A tenga una apariencia distinta que un individuo B, unido a nuestro gusto, puede inferirse que nos gusta o resulta más agradable la apariencia de A que la apariencia de B, o viceversa, pero no se infiere que el individuo A deba desconsiderar los intereses fundamentales del individuo B, ni que otra persona deba hacerlo.
Del hecho de que un individuo A tenga una mayor capacidad C que un individuo B puede inferirse un mejor desempeño del individuo A que el individuo B para realizar aquellas actividades que precisan de dicha capacidad C, pero no se infiere que el individuo A deba desconsiderar los intereses fundamentales del individuo B, ni viceversa[1].
(iii) Igualdad en ética significa tratar con igualdad los intereses, para no ser arbitrarios. El principio de igual consideración de intereses es un principio moral fundamental, pues forma parte de la naturaleza misma de la moral. El principio de igualdad de consideración de intereses se refiere a tomar en cuenta los intereses que se comparten con otros, pues son intereses tan iguales como los nuestros. Por lo tanto, en este sentido, A = B, siendo A y B intereses que comparten dos individuos.
Este principio excluye cualquier discriminación arbitraria de intereses, pues este tipo de igualdad se refiere a todos aquellos intereses que son comunes. Violar el principio de igual consideración de intereses da lugar a toda discriminación imaginable:
- Egoísmo: discriminación arbitraria de los intereses de un individuo por no ser estos los propios intereses.
- Sexismo: discriminación arbitraria de los intereses de un individuo por ser de otro sexo.
- Homofobia: discriminaión arbitraria de los intereses de un individuo por ser homosexual.
- Racismo: discriminación arbitraria de los intereses de un individuo por ser de otra raza.
- Nacionalismo: discriminación arbitraria de los intereses de un individuo por ser de otra nación.
- Clasismo: discriminación arbitraria de los intereses de un individuo por ser de otra clase social.
- Especismo: discriminación arbitraria de los intereses de un individuo por ser de otra especie.
- Etc.

El principio de igual consideración de intereses nos permite tratar de manera diferente a seres diferentes ahí donde sus intereses son distintos:
"Muchas feministas sostienen que las mujeres tienen derecho a abortar cuando lo deseen. De esto no se infiere que, puesto que éstas mismas feministas hacen campaña para conseguir la igualdad entre los hombres y las mujeres, tengan que defender también el derecho de los hombres al aborto. Puesto que un hombre no puede tener un aborto, no tiene sentido hablar de su derecho a tenerlo. Puesto que un perro no puede votar, no tiene sentido hablar de su derecho al voto". Peter Singer, Liberación Animal. Capítulo 1

Cuando decimos que los animales no-humanos no tienen derecho al voto no los estamos discriminando, pues no tienen el interés de meter una papeleta en una urna y además, igual que ocurre con los niños de corta edad, si tuvieran dicho interés tampoco son agentes morales a los que se considere que saben lo que están haciendo realmente cuando votan. En cambio, los animales no-humanos tienen el interés de disfrutar de sus vidas igual que cada humano tiene interés de disfrutar de la suya; frustrar dicho interés viola el principio de igual consideración de intereses, es arbitrario, por lo tanto, es irracional e injusto.
(iv) La justicia no viola el principio de igual consideración de intereses. Cuando nos defendemos de una agresión arbitraria, es decir, de alguien que actúa de manera éticamente incorrecta hacia nosotros, no estamos discriminando arbitrariamente los intereses fundamentales de nuestro agresor sino impediendo dicha discriminación arbitraria, es decir, actuando justamente, aunque con ello frustremos sus intereses fundamentales[2].

CONCLUSIÓN: La igualdad en Ética no es una igualdad de hecho sino de igual consideración de intereses comunes, rechazando la arbitrariedad al considerarlos, por ser ésta irracional e injusta.


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INFORMACIÓN ADICIONAL:
Jeremías Bentham, incorporó la base esencial de la igualdad moral a su sistema de ética a través de la siguiente fórmula: “cada uno cuenta por uno y ninguno por más de uno”; es decir, que los intereses de cualquier ser deben ser tomados en cuenta y dárseles el mismo peso que a los intereses de cualquier otro ser. Posteriormente, Henry Sidgwick planteó el mismo punto así: El bien de cualquier individuo no es de mayor importancia, desde el punto de vista del universo, que el bien de cualquier otro”.
Peter Singer distingue tres principios de igualdad: el principio de igual consideración de intereses, el principio de igualdad de oportunidades y el principio de acción afirmativa.
El principio de igual consideración de intereses
El principio de igual consideración de intereses es un principio moral fundamental, pues forma parte de la naturaleza misma de la moral.
La igualdad de consideración de intereses se refiere a tomar en cuenta los intereses que se comparten con otras personas. En otras palabras, a que nuestros actos y decisiones no afecten los de los demás. Este principio excluye cualquier discriminación moral arbitraria (egoísmo, sexismo, racismo, especismo, etc.), pues en este tipo de igualdad se incluyen todos aquellos intereses que son comunes. El principio de igual consideración de intereses nos permite tratar de manera diferente a seres diferentes ahí donde sus intereses son distintos.
En Ética práctica, Peter Singer analiza en detalle por qué y cómo deben sopesarse los intereses de los individuos. Su principio de la igual consideración de intereses no dictamina la igualdad de tratamiento de estos intereses, porque diferentes intereses determinan un tratamiento diferente. Por ejemplo: todos tienen interés en evitar el dolor, pero pocos tienen interés en cultivar sus habilidades. Su principio justifica no sólo el diferente tratamiento para intereses diferentes, sino que permite diferentes tratamientos para el mismo interés cuando disminuye la utilidad marginal, por ejemplo, el interés por alimentarse de una persona hambrienta es superior al mismo interés de alguien satisfecho en su alimentación y que momentáneamente siente hambre.
El principio de igualdad de oportunidades
Dentro del principio de igualdad de oportunidades Singer considera que son normales las diferencias de estatus económico y social, mientras se parta de condiciones de igual oportunidad. En una sociedad en la que las personas viven en condiciones sumamente disparejas, no se puede esperar que todos los integrantes de ésta obtengan los mismos resultados con respecto a logros y, sobre todo, las mismas remuneraciones. Los factores que rodean al individuo y las situaciones dentro de las que se desenvuelve son pieza fundamental para el desarrollo de éste. Por lo cual, si dos individuos no parten de las mismas condiciones, difícilmente tendrán igualdad de oportunidades.
CITAS
- “los intereses de cada miembro de la comunidad importan, e importan de un modo igual” (...) “cada ciudadano tiene derecho a una igual consideración y respeto” por parte de su Estado” (Will Kymlicka, 1990:2-4; t. c.: 12-4)
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NOTAS Y REFERENCIAS
[1] Argumento: "Los humanos somos superiores a los animales"
[2] Argumento: "La defensa propia y el castigo son éticamente incorrectos, por lo que no debemos defendernos ni castigar"
MÁS INFORMACIÓN
- buenastareas.com - Principio de igualdad
- facebook.com - Bases filosóficas sobre los derechos de los animales
- opuslibros.org - Peter Singer. Ética práctica
BIBLIOGRAFÍA
- Singer, Peter, Ética práctica.
- Singer, Peter (1975): Animal Liberation (Liberación Animal). Capítulo I. Todos los animales somos iguales.
- Carbonell, Miguel, El Principio Constitucional de la Igualdad. Lecturas de introducción. Comisión Nacional de los Derechos Humanos. México.
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