Este programa, trata de la concesión de ayudas al alquiler, mediante adjudicación directa, a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19 tengan problemas transitorios para atender al pago parcial o total del alquiler.
Así como, la concesión de ayudas para hacer frente a la devolución total o parcial de las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020.
Beneficiarios
Las personas físicas que, en su condición de arrendatarios de vivienda habitual, acrediten estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19.
Requisitos de los arrendamientos
La vivienda deberá ser habitual y permanente.
Acreditar estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19, que será determinada por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla. En esta situación estarán siempre y, como mínimo, los supuestos definidos en el artículo 5 del Real Decreto-ley 11/2020.
Cuantía de la ayuda
Hasta un importe máximo de 900 euros/mes y del 100% de la renta arrendaticia, y hasta un plazo de 6 meses, pudiendo incluirse como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril de 2020.