Revista Jurídico

Caracteristicas de la adopcion

Por Dulcekiss
  • Es una institución de Derecho de familia, genera vínculo familiar o paterno filial.
  • Es irrevocable (artículo 380 del Código Civil), una vez dada la adopción, los adoptantes no pueden dar marcha atrás. 
  • Es un acto puro, es decir que no está sujeta a alguna modalidad como condición o plazo, debido a que constituye un estado de familia de orden filial. El artículo 381 del C.C. dice que: “La adopción no puede hacerse bajo modalidad alguna”.
  • Prohibición de pluralidad de adoptantes, ya que,-conforme a lo dispuesto por el C.C. en su artículo 382- “nadie puede adoptado por mas de una persona, a no ser por los cónyuge”. Se permite a los cónyuges adoptar ya que así formarían una familia, la cual es conformada básicamente por mamá, papá e hijo(s).
  • Es un acto voluntario, que tiene como consecuencia el reputar padre e hijo a quienes no lo son por naturaleza.
  • Es un acto jurídico solemne, ya que debe intervenir el Estado a través de un funcionario público.
  • Todas las adopciones deben ser registradas en el Registro Nacional de Adopciones de la Secretaría Nacional de Adopciones del Ministerio de La Mujer y Desarrollo Social. 
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