El 19 de noviembre del 2020, la SEcción Peruana de la Asociación Internacional para la Promoción de la Geoética (IAPG por sus siglas en Inglés), envió la siguiente carta a las autoridades y público peruano en general:
CARTA ABIERTA
Alertamos sobre la propuesta de Ley del Patrimonio Paleontológico del Perú
La sección peruana de la Asociación Internacional para la Promoción de la Geoética (IAPG, por sus siglas en inglés) resolvió hacer pública su profunda preocupación por la problemática relacionada con el Patrimonio Paleontológico del Perú que envuelve a iniciativas parlamentarias impulsadas en el presente año.
Al respecto, manifestamos nuestro desacuerdo con el Proyecto de Ley N 5994/2020-CR: Ley General del Patrimonio Paleontológico de la Nación y los Yacimientos Paleontológicos; presentado en agosto del presente año por el Frente Popular Agrario del Perú (FREPAP) ante el Congreso de la República del Perú. Al respecto y tomando en consideración las opiniones de destacados especialistas en geociencias nacionales e internacionales, concluimos en lo siguiente:
A. Limitar la definición de fósil a “toda sustancia orgánica petrificada” resulta anfibológico. Dicha definición es ambigua y por ser tan general incluiría también al petróleo (por su origen orgánico), al gas natural e incluso a las rocas sedimentarias biogénicas (como la caliza), entre otros materiales. En toda investigación a nivel mundial, un fósil es una evidencia natural de vida antigua del pasado geológico sea el contexto en que se le encuentre, como consecuencia de los procesos petrológicos sedimentarios y preservado en los estratos de la corteza terrestre.
B. Los fósiles no son productos de la actividad humana, y más del 99% del registro fósil es anterior a la aparición misma del Hombre sobre la Tierra. Las condiciones exclusivamente naturales abióticas que rigen la formación de los fósiles y sus yacimientos (por procesos físico-químicos, diagénesis sedimentaria, ciclos orogénicos y geodinámica externa), en ningún caso ni condición, obedecen a patrones culturales impuestos por el linaje humano. Por lo tanto, resulta enteramente un desacierto, que la gestión administrativa sobre los yacimientos de fósiles pretenda ser asumida por el Ministerio de Cultura (MINCUL). La identificación, estudio y resguardo de muestras fósiles no relacionadas con la actividad humana debe estar a cargo de expertos para las pericias respectivas. Esto último es dominio de la Paleontología, desarrollada por especialistas e investigadores en geología y biología. Sería un grave error otorgar la tutela jurídica a quienes no tienen la formación científica para serlo. La clasificación de la ciencia y el análisis epistemológico es concluyente, correspondiéndole a las ciencias fácticas naturales estudiar evidencias como los fósiles. Por tanto, este proyecto de ley genera una incongruencia epistemológica.
C. El estudio y repositorio de los fósiles se da en colecciones y gabinetes geológicos o específicamente paleontológicos, en condiciones de conservación e investigación distintas a las de cualquier institución o Museo de Bienes Culturales. La consideración de "bienes culturales muebles", se enmarca en conceptos axiológicos que se rigen por los patrones que las comunidades en ciencias sociales establecen como patrimonio cultural sea etnográfico o arqueológico. De considerarse bienes culturales muebles, se descontextualiza el patrimonio natural deviniendo en el desprestigio internacional del país, haciendo que los fósiles, materia de estudio en facultades y centros especializados públicos y privados, sean incautados frenando el desarrollo de las investigaciones geocientíficas, con las graves consecuencias negativas en la economía y el desarrollo nacional.
D. De ser aprobada la propuesta de ley, traerá consigo la evasión al reporte de hallazgos de fósiles por temor a la arbitrariedad, generando multas, burocracia y corrupción. Dicha zozobra o temor ante el hallazgo fortuito, resultará perjudicial al desarrollo científico en el campo (laboratorio natural del geólogo, biólogo o paleontólogo). Pretender una Ley que "proteja" a todos los fósiles bajo el ámbito de la cultura, además de ser una entelequia basada en el desconocimiento, es ignorar que son los paleontólogos (geólogos y biólogos) los únicos profesionales especializados en asignar un valor a los fósiles (identificación de nuevas especies, singularidad, preservación excepcional) para ameritar un estudio detallado o proponer la protección misma del lugar de hallazgo.
E. El INGEMMET es la institución especializada del Estado Peruano encargada del estudio y resguardo del material fosilífero como patrimonio científico, a través del Área de Paleontología, ente técnico científico especializado cuyas investigaciones son el sustento de la Carta Geológica Nacional. La intervención en sus temas no debe poner en riesgo las diversas investigaciones que se desarrollan en trabajo cooperativo con instituciones nacionales e internacionales y menos las actividades y proyectos de exploración geológica que se gestionan a través de los Mapas Geológicos. La información que ofrecen orienta la búsqueda de recursos naturales tales como los mineros metálicos, no-metálicos, energéticos, y determinan las unidades rocosas que se evalúan para las obras de gran envergadura civil, acorde a los intereses nacionales.
F. La norma debe tener en cuenta que la Paleontología es parte de las Ciencias de la Tierra y que la solución más adecuada radica en el fortalecimiento de dicha especialidad, incrementando los recursos para su investigación evitando la generación de conflictos y contradicciones.
G. La presente carta ha sido supervisada por el responsable de la comisión 'Geoética en la Paleontología' del comité internacional de expertos de la IAPG y su Sección peruana (una organización integrada en la Unión Internacional de Ciencias Geológicas) que cuenta con el apoyo de la referida asociación internacional.
Los profesionales asociados a la IAPG Perú estamos a disposición para contribuir con promover una adecuada administración del patrimonio paleontológico en bien del desarrollo del país.
COMITÉ DIRECTIVO IAPG Perú
IAPG Perú agradece la adhesión de otros profesionales, sociedades, instituciones y grupos que deseen respaldar esta carta abierta. Para ello pueden inscribirse en el siguiente formulario:
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