Dando por hecho que es la justicia la que deberá, si lo estima oportuno, determinar si se produjo un caso de falsedad documental, quiero aprovechar para hacer una pequeña reflexión. El 27/06/2004 cayó en domingo y, obviamente, la sucursal debía estar cerrada, por lo que no es posible que el documento se recibiera en "La Caixa" ese día.
¿Se trató de un simple error al determinar el año? Esta tesis tiene un punto flaco considerable. Me serviré de un ejemplo para plasmarlo. Imagine usted que es empleado de una oficina de la entidad y cada día sella decenas de documentos. Mañana, 25/05/2015, entra a trabajar y actualiza la fecha del tampón. Mi pregunta es... ¿actualizará usted el día, el día y el mes o día, mes y año? El 99,9% contestarían que sólo actualizarían el día (mes y año continuarán siendo los mismo) y el 0,1% restante probablemente se aferrarían al tercer supuesto, especialmente si se encuentran declarando ante un periodista o un juez. En otras palabras, a menos que uno selle un documento en una fecha posterior a la que se debería haber sellado, el año sólo se modifica en el tampón una vez al año (inicios de enero). No añado más... Bueno sí, otro pequeño apunte. Imaginemos que estamos en ese 0.1% y aquella mañana modificó día, mes y año (sólo el año resultaría surrealista). ¿Qué ocurrió con el resto de documentos sellados en el día? ¿Se reflejó en todos el mismo error o sólo en éste?