- Edificios abiertos al público, de más de 250 m2 de superficie útil y que sean ocupados por una autoridad pública. Como ejemplo podemos citar las sedes de tipo administrativo (Hacienda, Seguridad Social, etc), los hospitales, los centros de atención del sistema de salud (ambulatorios), colegios, institutos, universidades, mercados municipales, etc. Si ademñas disponen de más de 500 m2 (la inmensa mayoría), deberán certificarse antes del 9 de enero de 2013.
- Edificios abiertos al público de más de 500 m2 y que sean de titularidad privada. Por ejemplo, restaurantes, discotecas, salas de cine, colegios privados, hospitales privados, grandes superficies comerciales, naves industriales dedicadas al comercial al por menor, etc. Pero siempre que tengan más de 500 m2.
Revista 100% Verde
La nueva legislación de certificación energética no solo obliga a certificar las viviendas, sino que se aplica a todo tipo de inmuebles, incluidos los no residenciales. ¿Y que tipo de inmuebles no residenciales deberán realizar la certificación energética de edificios? Pues al igual que las viviendas, todo inmueble no residencial que se ponga a la venta o en alquiler a partir de enero de 2013 deberá certificarse. Pero no será éste el único supuesto, pues también se incluyen los siguientes:
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publicado el 30 enero a las 19:39
Desde BS Asesores Energéticos (www.bsasesoresenergeticos.es), especializados en ahorro de energía, recomendamos a los clientes especialmente a los no provenientes del sector de compra/venta inmobiliaria (es decir, a los inmuebles referidos de más de 500 m² abiertos al público) que no esperen al ultimo momento para evitar largos plazos de espera. La certificación de un inmueble de este tipo es mucho más laboriosa que la de un piso, y esto puede provocar que ese tipo de inmuebles se queden sin profesionales a los que recurrir para evitar incumplir la norma.