- Edificios abiertos al público, de más de 250 m2 de superficie útil y que sean ocupados por una autoridad pública. Como ejemplo podemos citar las sedes de tipo administrativo (Hacienda, Seguridad Social, etc), los hospitales, los centros de atención del sistema de salud (ambulatorios), colegios, institutos, universidades, mercados municipales, etc. Si además disponen de más de 500 m2 (la inmensa mayoría), deberán certificarse antes del 9 de enero de 2013.
- Edificios abiertos al público de más de 500 m2 y que sean de titularidad privada. Por ejemplo, restaurantes, discotecas, salas de cine, colegios privados, hospitales privados, grandes superficies comerciales, naves industriales dedicadas al comercial al por menor, etc. Pero siempre que tengan más de 500 m2.
Revista 100% Verde
La nueva legislación de certificación energética no solo obliga a certificar las viviendas, sino que se aplica a todo tipo de inmuebles, incluidos los no residenciales.¿Y que tipo de inmuebles no residenciales deberán realizar la certificación energética de edificios? Pues al igual que las viviendas, todo inmueble no residencial que se ponga a la venta o en alquiler a partir de enero de 2013 deberá certificarse. Pero no será éste el único supuesto, pues también se incluyen los siguientes:
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