Revista Jurídico

Clasificación según tipo de negocio

Por Martín Torres

Una de consultas más habituales por parte de nuestros clientes es conocer la clasificación de la actividad, con el fin de poder realizar el proceso de legalización correspondiente. Podemos realizar la siguiente clasificación y en función de cada grupo necesitará tramitarse por un procedimiento diferente: comunicación ambiental previa, licencia ambiental, pública concurrencia o licencia ambiental integrada.

Clasificación según tipo de negocio

Grupo A: Actividades Inocuas

Son aquellas actividades no calificadas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas

Entre las más usuales podemos destacar: Perfumerías, peluquerías, despachos de pan, ultramarinos, herboristerías, salones de belleza, droguerías, farmacias, oficinas bancarias, ópticas, ortopedias, venta de material informático y telefónico, videoclubs, locutorios, pensiones, residencias, academias, agencias de viajes, papelería-librería, joyerías, ferreterías, zapaterías, funerarias, deportes, venta-alquiler de vehículos, etc

Este tipo de actividades se tramitan mediante PROYECTO DE COMUNICACIÓN AMBIELTAL PREVIA.


Grupo B. Actividades susceptibles de ser molestas, nocivas, insolubres y/o peligrosas

Son aquellas actividades consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas, las cuales requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial,

Entre las más usuales podemos destacar: Carnicerías, charcuterías, pescaderías, concesionarios de vehículos, armerías, jugueterías, supermercados, grandes almacenes, bares, restaurantes y cafeterías, hoteles, moteles y hostales, talleres de reparación de artículos electrónicos, talleres de reparación de automóviles, lavado y engrase de vehículos, hospitales, clínicas, etc.

Este tipo de actividades se tramitan mediante PROYECTO DE LICENCIA AMBIENTAL.

Grupo C. Actividades de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos

Son aquellas en las que se incluyen locales comerciales de libre tránsito para transeúntes.

Entre las más usuales podemos destacar: Cines, autocines, teatros, auditorios, cafés-teatro, plazas de toros fijas y portátiles, circos, salas de conferencias, de exposiciones y polivalentes, tentaderos, escuelas taurinas, campos de deporte, estadios, pabellones deportivos, instalaciones deportivas, pistas de patinaje, gimnasios, piscinas, parques de atracciones y temáticos, ferias, parques acuáticos, ludotecas, casinos de juego, bingos, salones de juego, tómbolas, salones ciber, salas de fiesta y baile, discotecas, pubs, karaokes, ciber-cafés, salones de banquetes.

Este tipo de actividades se tramitan mediante PROYECTO DE LICENCIA AMBIENTAL PÚBLICA CONCURRENCIA.


Grupo D. Actividades industriales

Son aquellas actividades profesionales específicas para cada sector o actividad.

Entre las más usuales podemos destacar: Procesos de Fabricación, Fábricas, Almacenes, talleres, industria textil y de cuero, explotaciones ganaderas, etc…

Este tipo de actividades se tramitan mediante AUTORIZACIÓN AMBIENTAL INTEGRADA.

Para ello estudiaremos en detalle las instalaciones de las dependencias,


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