El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes carecen de ellos. Se define como un derecho subjetivo de la ciudadanía: se recibirá siempre que se cumplan los requisitos de acceso, como ocurre con el derecho a la pensión de jubilación o la prestación por desempleo, por ejemplo. Por tanto, se garantiza que esta "red de seguridad" va a estar disponible para quien lo necesite.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
El IMV establece una "renta garantizada" en todo el territorio nacional para todas las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener entre 23 y 65 años, o 18 años si hay menores a cargo.
- Cumplir un año de residencia legal en España.
- Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
- En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
- Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
- Estar inscritas como demandantes de empleo
Más allá de estos requisitos básicos, el acceso al Ingreso Mínimo Vital dependerá exclusivamente del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite. Cualquier persona con unos ingresos inferiores a la renta garantizada por el Ingreso Mínimo Vital y un patrimonio menor al máximo establecido, podrá ser beneficiaria del IMV.
¿Qué documentación será necesario presentar para solicitarlo?
Será necesario presentar los siguientes documentos:
- Para acreditar la identidad: DNI, libro de familia, o certificado de nacimiento.
- Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o autorización de residencia.
- Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento.
- Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: certificado de empadronamiento lo libro de familia, certificado del registro civil, o inscripción en el registro de parejas de hecho.
Las personas con hijos a cargo, que tengan concedida la ayuda por hijo a cargo de la seguridad social y cumplan los requisitos, se les concederá el Ingreso Mínimo Vital de forma automática.
Se podrá comenzar a realizar este tramite a partir del día 15 de junioPincha en la imagen, para conocer a través de la infografía, como solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Para descargar la infografía directamente, pulsa en el botón de descargar, justo debajo de esta imagen.
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