Nuevo varapalo judicial para Bankia. El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Castellón ha dictado una sentencia relacionada con la compra de acciones de la Oferta Pública de Suscripción de Bankia (OPS) y ha obligado a la entidad a devolver al denunciante 4.411 euros al declarar la nulidad de la compra por "vicio en el consentimiento".
La sentencia, hecha pública este jueves, hace referencia a la demanda presentada por unos clientes de Bankia que compraron en 2011 un total de 1.180 acciones por un precio de 3,75 euros la acción.
El juzgado considera que Bankia "no reflejó la realidad de sus cuentas anuales en 2011", ya que "incluía en las mismas un beneficio de 309 millones de euros" y sin embargo "en mayo de 2012 pidió a la Comisión Nacional del Mercado de Valores una reformulación de las cuentas anuales que reflejaron unas pérdidas de 2.979 millones de euros".
Estos datos "motivaron la suspensión de la cotización de las acciones". Así, se considera que "si la situación real hubiera sido conocida por los clientes no habrían comprado esas acciones".
Por ello se estima "error de consentimiento" y se declara la "nulidad de la venta de las acciones", por lo que se condena a Bankia a devolver lo pagado por las acciones, menos el dinero obtenido por la renta de la compra por los clientes.
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