Hace tiempo que no escribía acerca del régimen de notificación electrónica, y muchos de vosotros pensaréis ¿Que nos van a decir ahora después de dos años? Y nada más lejos de esta idea, ya que continuamente surgen temas novedosos que conviene conocer para estar al día en las cuestiones que pueden afectarnos directamente a nosotros, y también a nuestros clientes.
Por este motivo he escrito recientemente un post en el que comento las dos últimas novedades incorporadas en este régimen, una que afecta al sistema de apoderamiento electrónico, en concreto, al acto de rehusar el poder recibido, y la segunda acerca del nuevo sistema de suscripción voluntaria.
De todo ello hablo en un artículo que he escrito recientemente en BlogCanalProfesional que, como viene siendo costrumbre, os enlazo desde este blog y os invito a leer pulsando sobre la siguiente imagen:
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