Revista Opinión

Contra la voracidad de los bancos

Publicado el 01 marzo 2012 por Dean
Contra la voracidad de los bancos
En España, a diferencia de muchos paises, la banca goza de privilegios especiales como en el caso de los créditos hipotecarios, que pesan sobre el inmueble pero con garantía pesonal, esto es, que dado el caso de un embargo, si el valor del inmueble no cubre la totalidad del crédito, el deudor tiene que responder al banco, e incluso sus herederos heredan la deuda. Esta sobreprotección para los bancos no existe en otros paises (en España ni siquiera con la muerte del deudor queda saldada la cuenta) y por tanto sólo aquí se están viendo estos casos de ruina para tantas familias.
Así como no todos los políticos son corruptos, no todos los abogados trabajan para los banqueros y poderosos; un grupo de abogados ha planteado esta solución legal para mitigar los efectos devastadores de un desahucio:
Normalmente, el banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que dicho banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco "cree oportuno" y de por vida. Cuando las viviendas quedan vacías (que es lo que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del 50% de su valor. Continuando con el reclamo del 100% al embargado y pudiendo revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno con un 50% de margen... Una gran estafa, en la que la gente se queda en la calle y con la deuda.
Hay un resquicio en la ley, que se puede aprovechar y que obviamente el banco no te va a contar. Por este método
, se pierde de igual manera la "propiedad", y ya que no hay manera de desligarse de la deuda, lo único que queda es luchar para que no te puedan echar de tu casa.
En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le hace un contrato de alquiler a otra persona, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración "casi indefinida"(50 años,
100 años). Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato se debe pasar por el registro de la propiedad. En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad "con inquilinos".
Resultado del embargo, la "titularidad de la propiedad" cambia, a nombre del banco, pero el domicilio no está vacío sino que continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo parte de la hipoteca, y tendríamos que pagar a nuestro nuevo "casero" por el que era nuestro piso, el valor simbólico mensual de por vida.

Al nuevo propietario le costará mucho trabajo expulsar a los inquilinos que tienen un contrato de alquiler en vigor y cuyas cláusulas vienen cumpliendo a cabalidad. Ante las medidas extremas de los bancos, estas son soluciones extremas y efectivas que todos deberíamos ir pensando y también como medida preventiva, ya que la voracidad de los bancos no tiene límites y van a terminar siendo los dueños de  casi todas propiedades.
Contra la voracidad de los bancos

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